RESOLUCIÓN N° 052-2016-OEFA/TFA-SEE

Documento de Gestión

5 de agosto de 2016

PRIMERO.- DECLARAR la NULIDAD de la Resolución Directoral N° 883-2016-OEFA/DFSAI del 27 de junio de 2016, que denegó la solicitud de modificación del plazo para el cumplimiento de la medida cautelar a Petróleos del Perú – Petroperú S.A.
SEGUNDO.- DENEGAR la solicitud presentada por Petróleos del Perú – Petroperú S.A. el 24 de junio de 2016, referida a modificar el plazo de la medida cautelar establecida en la Resolución N° 030-2016-OEFA/TFA-SEE del 4 de mayo de 2016. En consecuencia, Petróleos del Perú – Petroperú S.A. deberá presentar al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA el Informe Final de los trabajos de limpieza y rehabilitación en las zonas afectadas por los derrames de petróleo crudo en el Oleoducto Norperuano, conforme a lo resuelto en el mencionado pronunciamiento; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa.

Esta publicación pertenece a los compendios Sala Especializada en Minería, Energía, Actividades Productivas e Infraestructura y Servicios(TFA-SE), Sala Especializada en Energía(TFA-SEE)

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCIÓN N° 052-2016-OEFA/TFA-SEE

RESOLUCIÓN N° 052-2016-OEFA/TFA-SEE

PDF
6.3 MB