Decreto de Alcaldía N.° 006-2020/MDV-ALC

7 de mayo de 2020

ARTÍCULO 1.- ADECUAR la Ordenanza Municipal N° 007-2020/MDV, la misma que establece la exigencia en las personas jurídicas, para que de manera obligatoria instauren medidas de bioseguridad para las personas que ingresen a sus establecimientos; en el sentido de modificar el literal b) e incorporar el literal s), para el establecimiento, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera:

b) Disponer el orden y control de las personas al ingreso y salida al local. Para ello contar con personal que realizará la entrega de tickets que ordenen el ingreso de los usuarios al establecimiento, de acuerdo a su capacidad de atención diaria o en su defecto otorgar ticket con horarios de ingreso, a través de citas telefónicas, por internet u otro método indirecto disponible.

s) Restringir el ingreso de los adultos mayores, niños, mujeres embarazadas y otros miembros de las poblaciones vulnerables a los Centros de abastos

ARTÍCULO 2.- INCORPORAR el Anexo II, denominado Profesional de salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo por tamaño de empresa a la Ordenanza Municipal N° 007-2020/MDV.

ARTÍCULO 3.- ADECUAR el Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) e incorporar en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el Código de Infracción, de la éiquiente manera:

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