Ordenanza Municipal N.° 015-2017-MPU/BG

Disponer la clausura inmediata

28 de setiembre de 2017

DISPONER LA CLAUSURA INMEDIATA, de los Establecimientos comerciales, industriales y/o de servicios sean estos personas naturales, jurídicas o entes colectivos, nacionales, o extranjeros, de derecho privado o público, incluyendo empresas o entidades del estado, regionales o municipales, que desarrollen, con o sin finalidad de lucro actividades de comercio, industriales, y/o servicios que no cuenten con Licencia de Funcionamiento, Licencia de Edificación u otra Autorización Municipal  autorizaciones especiales según el giro o que teniéndolas infrinjan las normas que constituyan peligro, riesgo, generen efectos perjudiciales inminentes a la seguridad, salud, tranquilidad del vecindario, moral y las buenas costumbres orden público o contaminación del medio ambiente, o hayan incurrido en ampliación, cambio de giro comercial o del servicio, modificación del área, cambio de dirección, de propietario u horarios sin la respectiva autorización. Para los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento; y en los que no lo tuvieran se procederá al levantamiento del Acta y a la clausura inmediata sin necesidad de procedimiento.

Esta norma pertenece al compendio Ordenanza Municipal del 2017

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