Ordenan 9 meses de prisión preventiva para padre que habría realizado tocamientos indebidos a su hija de 10 años

Nota Informativa
Requerimiento de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de Mayo – La Unión en Huánuco

Fotos: OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

20 de enero de 2022 - 7:21 a. m.

La Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Dos de Mayo – La Unión en Huánuco, logró que declaren FUNDADA El Requerimiento de Prisión Preventiva por el Sr Juez del Juzgado de Investigación Preparatorio de Turno, por el plazo  nueve meses contra un acusado de 39 años (se mantiene en reserva su identidad por protección a la víctima), por la presunta comisión del delito de actos contra la libertad sexual en la modalidad contra el pudor, tocamientos indebidos contra una menor de edad, en agravio de su hija adolescente de 10 años.

De los hechos materia de investigación, el fiscal provincial Salomón Emilio Bartolo Serrano, que la tarde del 20 de agosto de 2021, la madre de la menor agraviada, se apersonó a su despacho para realizar la denuncia contra su expareja y padre de la adolescente.

Manifestando que la tarde del 15 de agosto de 2017, en su domicilio ubicado en el Pasaje Santa Rosa s/n del Barrio Racri del distrito de La Unión, cuando ella había salido de su casa para vender productos en el terminal terrestre, su expareja habría mandado a  su hijo a comprar dulces, quedando a solas con su menor hija de 10 años, procediendo a bajarle el buzo y su ropa interior para realizar tocamientos indebidos en sus partes íntimas, lo cual se repitió en varias oportunidades desde marzo 2017 hasta diciembre del mismo año.

La menor calló por temor y vergüenza, pero al contar a su madre lo que venía sucediendo, produce la ruptura conyugal, abandonando la casa el padre que no acepta la culpabilidad de los hechos.

Estos abusos han causado en la adolescente actual (14) presencia de indicadores de afectación psicológica, características socioemocionales con bajo nivel de conductas sociales y baja autoestima, y riesgo de vulnerabilidad al abuso sexual.

Entre los elementos de convicción reunidos por la Fiscalía y presentados para el requerimiento de prevención preventiva, está la denuncia de la madre, fichas RENIEC de la víctima y el agresor, certificados médicos legales, testimonios de la madre, de la agraviada y del hermano de la adolescente, pericia psicológica, acta de inspección fiscal, tomas fotográficas de la vivienda y declaración del agresor.

Por lo que la Fiscalía ante la exposición y todos los graves y fundados elementos de convicción que vinculan con el Imputado ordenó su captura por este grave delito de la libertad sexual tocamientos indebidos por 9 meses, conforme al numeral 1 artículo 272º y el artículo 268º del Código Procesal Penal, no está demás que este agresor también habría abusado de su otra menor hija.

DISTRITO FISCAL DE HUÁNUCO