Aprueban Reglamento de Atención de Reclamos del FISSAL

Nota de prensa
Para garantizar los derechos de los asegurados al Seguro Integral de Salud (SIS)

7 de enero de 2014 - 12:00 a. m.

Para garantizar los derechos de los asegurados al Seguro Integral de Salud (SIS) que padecen de alguna enfermedad de alto costo de atención, se aprobó el Reglamento de Atención de Reclamos del Fondo Intangible Solidario de Salud (Fissal), que dicta pautas que regulan y estandarizan el procedimiento de un reclamo.

La Resolución Jefatural N° 250-2013/SIS, establece los procedimientos e instrumentos que permiten atender oportunamente los reclamos de los beneficiarios del Fissal ante la insatisfacción por la atención brindada en las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) que reciben transferencia financiera por parte del fondo solidario.

Miguel Garavito Farro, jefe del Fissal dijo que esta norma busca acercar los servicios del Estado a la población de acuerdo a la Ley de Aseguramiento Universal que norma favorecer el acceso a prestaciones de salud de calidad de la población excluida; también, el de financiar las prestaciones de salud de las enfermedades de alto costo de atención destinando a la población afiliada al SIS.

“Con la implementación del Reglamento de Atención de Reclamos, los usuarios tienen la oportunidad de acceder a un mecanismo que les permita hacer uso de sus derechos en concordancia a la información y transparencia a la que tienen acceso los pacientes”, puntualizó el funcionario.

Existen tres canales de atención: ingresando a http://www.fissal.gob.pe y llenar el formulario de la pestaña “sugerencias y reclamos”; acercándose a la oficinas del Fissal ubicadas en calle Ugarte y Moscoso 450, Oficina 501, San Isidro y llenar la Ficha de Reclamos; y mediante la remisión de la Ficha de Reclamo del Fissal al correo electrónico fissal@sis.gob.pe