Resolución N.° 001373-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

22 de junio de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01083-2021-JUS/TTAIP de fecha 19 de mayo de 2021, interpuesto por MILAN PEJNOVIC DELGADO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante PERÚPETRO S.A., registrada mediante documento “SolicitudTransparencia_17440220210420_a9604d65.pdf.”, con fecha 20 de abril de 2021.
Con fecha 20 de abril de 2021, el recurrente solicitó a la entidad la remisión a su correo electrónico de la siguiente información:
“(…)
1. Todo registro documental físico o digital que incluya, pero no se limite, a minutas, reportes, registros de visita, ayudas memoria, agendas o programación de reuniones, realizadas entre agosto 2003 y marzo 2005, con la participación de (A) Perupetro S.A., y/o cualquier individuo trabajando para Perupetro S.A. incluyendo pero no limitado a Isabel Tafur o cualquier otro funcionario de la Gerencia General y/o el Directorio, y (B) uno o más de las siguientes entidades o individuos o sus representantes: (i) Peru LNG S.R.L; (ii) Hunt Oil Company of Peru L.L.C.; (iii) Igor Salazar; (iv) Barbara Bruce; (v) Carlos del Solar; (vi) Steve Sullentrop; (vii) Dennis Gridinger; (viii) Mark Aertker; (ix) James Jennings; (x) Michael Monroe; o (xi) Rosanna Brigneti. 2. Todo registro documental físico o digital que incluya, pero no se limite, a minutas, reportes, registros de visita, ayudas memoria, agendas o programación de reuniones, realizadas entre octubre 2009 y octubre 2010, con la participación de (A) Perupetro S.A., y/o cualquier individuo trabajando para Perupetro S.A. incluyendo pero no limitado a Isabel Tafur o cualquier otro funcionario de la Gerencia General y/o el Directorio, y (B) uno o más de las siguientes entidades o individuos o sus representantes: (i) Peru LNG S.R.L; (ii) Hunt Oil Company of Peru L.L.C.; (iii) Igor Salazar; (iv) Barbara Bruce; (v) Carlos del Solar; (vi) Steve Sullentrop; (vii) Dennis Gridinger; (viii) Mark Aertker; (ix) James Jennings; (x) Michael Monroe; o (xi) Rosanna Brigneti. 3. Todo registro documental físico o digital que incluya, pero no se limite, a minutas, reportes, registros de visita, ayudas memoria, agendas o programación de reuniones, realizadas entre septiembre 2010 y agosto 2012, con la participación de (A) Perupetro S.A., y/o cualquier individuo trabajando para Perupetro S.A. incluyendo pero no limitado a Isabel Tafur o cualquier otro funcionario de la Gerencia General y/o el Directorio, y (B) uno o más de las siguientes entidades o individuos o sus representantes: (i) Peru LNG S.R.L; (ii) Hunt Oil Company of Peru L.L.C.; (iii) Igor Salazar; (iv) Barbara Bruce; (v) Carlos del Solar; (vi) Steve Sullentrop; (vii) Dennis Gridinger; (viii) Mark Aertker; (ix) James Jennings; (x) Michael Monroe; o (xi) Rosanna Brigneti”. (sic)
Con fecha 19 de mayo de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución Nº 001206-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Documentos

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