Resolución N.° 0074-2022/SEL-INDECOPI

2 de marzo de 2022

Se CONFIRMA la Resolución 0181-2021/CEB-INDECOPI del 2 de julio de 2021, que declaró barreras burocráticas ilegales las siguientes medidas:

(i) La limitación de remitir la solicitud de autorización de ampliación de servicios educativos al Nivel de Educación Primaria de la Institución Educativa Privada “Felices y Talentosos” de manera virtual únicamente en el horario de 8:00 horas a 16:45 horas del 2 diciembre de 2020, materializada en el cargo de recepción del 3 de diciembre de 2020 y en el enlace http://164.163.184.247/mpv_ugel07/.

(ii) La limitación de remitir la subsanación de observaciones a la solicitud de autorización de ampliación de servicios educativos al Nivel de Educación Primaria de la Institución Educativa Privada “Felices y Talentosos” de manera virtual únicamente en el horario de 8:00 horas a 16:45 horas del 15 de enero de 2021, materializada en el cargo de recepción del 18 de enero de 2021 y en el enlace http://164.163.184.247/mpv_ugel07/.

(iii) La limitación de remitir solicitudes por transmisión de datos a distancia, específicamente por la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Educación, únicamente dentro del horario de 00:00 horas a 17:00 horas, bajo apercibimiento de considerar como fecha de presentación al día hábil siguiente, materializada en el numeral 6.3. de la Directiva Para la Implementación y Uso de la Mesa de Partes Virtual del Ministerio de Educación, aprobada por Resolución de Secretaría General 183-2020-MINEDU.

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