Empresas de juegos y apuestas deportivas a distancia deben presentar ante el Mincetur su solicitud de autorización para su funcionamiento
Nota de prensaEn la actualidad se encuentra activo un pre registro, en el que las empresas pueden ingresar sus datos para agilizar el proceso.
6 de febrero de 2024 - 12:00 p. m.
El ministro de Comercio Exterior y Turismo, Juan Carlos Mathews, anunció que desde el martes 13 de febrero al miércoles 13 de marzo las empresas que ofrecen los servicios de juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia deberán presentar de manera virtual, ante el Mincetur, su solicitud para que se les otorgue la autorización de funcionamiento.
Esto es fundamental para que estas compañías puedan ofrecer este tipo de servicios en el país. Caso contrario serán pasibles a una sanción no menor a 150 UIT, y además una denuncia penal e inhabilitación para ejercer esta actividad.
“Esta es una importante noticia: poner en funcionamiento la Ley N° 31557 y su reglamento permitirá regular la explotación de los juegos a distancia y de las apuestas deportivas a distancia, generando un movimiento económico regulado y con pago de impuestos. Y, sobre todo, brindar la seguridad para el apostador, el juego responsable y la formalización de la actividad”, indicó el titular del Mincetur.
En ese sentido, refirió que actualmente se encuentra activa una “marcha blanca” -es decir un pre registro- en el que los laboratorios de certificación, las empresas que ofrecen juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, y los proveedores de servicios pueden ir ingresando sus datos. Esto permitirá una adecuada operatividad del sistema informático del Mincetur, al atender el total de las solicitudes que se empiecen a recibir a partir del próximo 13 de febrero. Para acceder a este registro previo los interesados deben ingresar a https://extranet.mincetur.gob.pe/extranet2/Home/Inicio .
“Ello será importante, poque se tienen identificadas 115 empresas que vienen ofreciendo los servicios de juegos y apuestas deportivas a distancia en el país, de las cuales 86 son no domiciliadas y 29 son peruanas. Esto marca la clara visión de Juego Responsable y estricto cumplimiento de la Ley y su Reglamento”, afirmó, el ministro Mathews.
Es importante precisar que una vez las empresas cumplan con los requisitos y sean autorizadas por Mincetur, esto es a partir del 1 de abril, se encontrarán afectas a los gravámenes. Así, se estima que en virtud de esta norma el Estado Peruano podrá recaudar cerca de S/ 162 millones anuales, a ser invertidos en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental. Ello no afectará a las apuestas ni el pago de premios.
SOBRE LA LEY
Como se recuerda, la Ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia señala, entre diversos aspectos, que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
El dispositivo legal sostiene, de manera clara, además, que solo podrán participar de esta actividad aquella persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registrada previamente en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas para su explotación por el Mincetur.
En el caso de las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estos podrán estar ubicados en un local exclusivo de esta actividad u otros que tengan como giro principal la venta de otros productos o servicios.
Respecto a las apuestas, la nueva ley indica que el jugador debe realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago, con excepción de las criptomonedas. En el caso de obtener premios, estos podrán ser cobrados por el medio de pago que el jugador elija o, en su defecto, mediante una cuenta a su nombre, abierta en una empresa del sistema financiero bajo la supervisión de la SBS.
Cabe indicar que únicamente pueden ser objeto de apuestas deportivas aquellos eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales.
DATOS
• Mincetur pone a disposición el correo electrónico apuestasdeportivas@mincetur.gob.pe para cualquier tipo de consultas
• Es la primera vez que se regula en el país esta importante actividad económica. En Sudamérica, el Perú se convierte en el tercer país en reglamentarla, luego de Colombia y Argentina (en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza).
• Se estima que el volumen de apuestas realizadas en el Perú durante el 2022 fue cercano a los S/3,800 millones.
OFICINA DE COMUNICACIONES Y PROTOCOLO
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Esto es fundamental para que estas compañías puedan ofrecer este tipo de servicios en el país. Caso contrario serán pasibles a una sanción no menor a 150 UIT, y además una denuncia penal e inhabilitación para ejercer esta actividad.
“Esta es una importante noticia: poner en funcionamiento la Ley N° 31557 y su reglamento permitirá regular la explotación de los juegos a distancia y de las apuestas deportivas a distancia, generando un movimiento económico regulado y con pago de impuestos. Y, sobre todo, brindar la seguridad para el apostador, el juego responsable y la formalización de la actividad”, indicó el titular del Mincetur.
En ese sentido, refirió que actualmente se encuentra activa una “marcha blanca” -es decir un pre registro- en el que los laboratorios de certificación, las empresas que ofrecen juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia, y los proveedores de servicios pueden ir ingresando sus datos. Esto permitirá una adecuada operatividad del sistema informático del Mincetur, al atender el total de las solicitudes que se empiecen a recibir a partir del próximo 13 de febrero. Para acceder a este registro previo los interesados deben ingresar a https://extranet.mincetur.gob.pe/extranet2/Home/Inicio .
“Ello será importante, poque se tienen identificadas 115 empresas que vienen ofreciendo los servicios de juegos y apuestas deportivas a distancia en el país, de las cuales 86 son no domiciliadas y 29 son peruanas. Esto marca la clara visión de Juego Responsable y estricto cumplimiento de la Ley y su Reglamento”, afirmó, el ministro Mathews.
Es importante precisar que una vez las empresas cumplan con los requisitos y sean autorizadas por Mincetur, esto es a partir del 1 de abril, se encontrarán afectas a los gravámenes. Así, se estima que en virtud de esta norma el Estado Peruano podrá recaudar cerca de S/ 162 millones anuales, a ser invertidos en la reactivación del turismo, obras de infraestructura turística, promover el deporte y atender programas de salud mental. Ello no afectará a las apuestas ni el pago de premios.
SOBRE LA LEY
Como se recuerda, la Ley que regula la explotación de los juegos y apuestas deportivas a distancia señala, entre diversos aspectos, que el Mincetur es la autoridad administrativa a nivel nacional que regula, autoriza, revoca, fiscaliza y sanciona la explotación de los juegos a distancia y apuestas deportivas a distancia.
El dispositivo legal sostiene, de manera clara, además, que solo podrán participar de esta actividad aquella persona natural mayor de edad, de nacionalidad peruana o extranjera, registrada previamente en las plataformas tecnológicas de los juegos o apuestas deportivas a distancia autorizadas para su explotación por el Mincetur.
En el caso de las salas de juego de apuestas deportivas a distancia, estos podrán estar ubicados en un local exclusivo de esta actividad u otros que tengan como giro principal la venta de otros productos o servicios.
Respecto a las apuestas, la nueva ley indica que el jugador debe realizar el pago de sus apuestas con dinero circulante, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago, con excepción de las criptomonedas. En el caso de obtener premios, estos podrán ser cobrados por el medio de pago que el jugador elija o, en su defecto, mediante una cuenta a su nombre, abierta en una empresa del sistema financiero bajo la supervisión de la SBS.
Cabe indicar que únicamente pueden ser objeto de apuestas deportivas aquellos eventos deportivos que formen parte de asociaciones, federaciones o ligas deportivas nacionales o internacionales.
DATOS
• Mincetur pone a disposición el correo electrónico apuestasdeportivas@mincetur.gob.pe para cualquier tipo de consultas
• Es la primera vez que se regula en el país esta importante actividad económica. En Sudamérica, el Perú se convierte en el tercer país en reglamentarla, luego de Colombia y Argentina (en las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza).
• Se estima que el volumen de apuestas realizadas en el Perú durante el 2022 fue cercano a los S/3,800 millones.
OFICINA DE COMUNICACIONES Y PROTOCOLO
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO