Gobierno promulga el Decreto Supremo n.° 003-2024-MINAM que crea la Reserva Nacional Mar Tropical de Grau

Nota de prensa
Dicha norma promueve el desarrollo de investigaciones científicas para contar con mayor información disponible que contribuya a la planificación y gestión efectiva de esa nueva área natural protegida.
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Fotos: Walter H. Wust

26 de abril de 2024 - 10:01 a. m.

Lima.- El Gobierno oficializó la creación de la Reserva Nacional Mar Tropical de Grau (RNMTG), ubicada frente al litoral de Tumbes y Piura. Esta nueva área natural protegida (ANP) abarca 115 675,29 hectáreas e incluye cuatro sectores: Isla Foca, Cabo Blanco - El Ñuro, Arrecifes de Punta Sal y Banco Máncora.

El objetivo establecido, según el Decreto Supremo n.° 003-2024-MINAM, promulgado hoy, es conservar una muestra representativa de los ecosistemas del mar tropical de Perú, que incluye la zona de transición tropical-templado, contribuyendo a la continuidad de los procesos ecológicos y promoviendo el uso sostenible de los recursos naturales con enfoque de género.

Investigaciones científicas

En la Reserva Nacional Mar Tropical de Grau se promoverá el desarrollo de investigaciones científicas, a fin de contar con una mayor información disponible que contribuya a la planificación y gestión efectiva de la Reserva.

El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Sernanp), entidad adscrita al sector Ambiente, previa coordinación con las autoridades nacionales competentes, puede suscribir convenios para la ejecución de proyectos o programas de investigaciones en el ámbito de la Reserva.

Asimismo, el Instituto del Mar del Perú, en su condición de autoridad científica marina, desarrolla investigaciones en el marco de sus competencias, con apoyo de la Dirección de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra del Perú, que es el ente técnico rector en asuntos hidrográficos nacionales, y con el Sernanp.

Derechos adquiridos

La citada norma legal determina que los derechos adquiridos con anterioridad al establecimiento de la RNMTG son respetados y se ejercen en armonía con los objetivos y fines de su creación, en el marco de las leyes competentes y vigentes y todas aquellas normas vinculadas a la materia.

Además, permitirá el ejercicio de los derechos que se otorguen luego de su creación para el desarrollo de actividades de aprovechamiento de recursos naturales en su ámbito, siempre que tales actividades se realicen de conformidad con su zonificación, su Plan Maestro Preliminar y/o vigente; objetivo de creación y categoría, así como el marco normativo correspondiente.

Para acceder al texto completo de la mencionada norma legal, se puede ingresar a este link