Resolución de Superintendencia N.° 0204-2023-MIGRACIONES

17 de diciembre de 2023

SE RESUELVE: 

Articulo 1.- Modificar el artículo 15 del “Reglamento que establece el beneficio de fraccionamiento del pago de las multas en materia migratoria impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones”, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 000091-2023-MIGRACIONES, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera: 

“Artículo 15.- Contenido de la solicitud de fraccionamiento La solicitud de fraccionamiento debe contener la siguiente información: 15.1. En el caso de personas naturales 

a) Indicar nombres y apellidos completos del administrado. 

b) Indicar tipo y número de documento de identidad del administrado, en caso de ser nacional registrar los datos del documento Nacional de Identidad – DNI; en caso de extranjero, con Carné de Extranjería u otro documento análogo emitido y reconocido por el Estado Peruano, con permanencia o residencia vigente. 

c) Indicar domicilio del administrado. d) Indicar número de teléfono y correo electrónico del administrado. 

e) Indicar número de resolución o resoluciones de multa que dan lugar a la solicitud de acogimiento al beneficio, código de multa, fecha de emisión y monto de la multa. 

f) Indicar monto de la cuota inicial. 

g) Indicar propuesta de fraccionamiento con mención del monto de la multa a fraccionar y número de cuotas en que solicita efectuar el pago de la multa, considerando lo expuesto en los artículos 10 y 11 del presente Reglamento. 

h) Autorización para ser notificado por medios electrónicos.

 i) Firma del administrado, apoderado o representante. 

j) Adjuntar copia simple y legible de la constancia o recibo de pago del abono de la cuota inicial del fraccionamiento.

k) Adjuntar copia simple y legible de la resolución que aprueba el desistimiento en sede judicial de la pretensión en el proceso contencioso administrativo o cualquiera que haya interpuesto el obligado, en contra de la decisión administrativa de la Superintendencia Nacional de Migraciones que impone la multa. l) En caso de intervención de apoderado o representante, además debe indicar y presentar lo siguiente: 

l.1) Indicar nombres y apellidos completos del apoderado o representante. 

l.2) Indicar tipo y número de documento de identidad del apoderado o representante. En caso de ser nacional registrar los datos del documento Nacional de Identidad – DNI; en caso de extranjero, con Carné de Extranjería u otro documento análogo emitido y reconocido por el Estado Peruano, con permanencia o residencia vigente. 

l.3) Adjuntar carta poder simple en la que se otorgue poder a su representante para solicitar el fraccionamiento. 15.2 En el caso de personas jurídicas a) Indicar denominación o razón social b) Indicar número de Registro Único de Contribuyente - RUC. c) Indicar domicilio del administrado d) Indicar número de teléfono y correo electrónico del administrado. e) Indicar nombres y apellidos completos, tipo y número de documento nacional de identidad del representante legal o apoderado; en caso de extranjero, con documento de identidad u otro análogo emitido y reconocido por el Estado Peruano, con permanencia o residencia vigente. 

f) Indicar Oficina Registral (Sede), número de partida registral electrónica y el asiento donde conste inscrito el poder de su representante legal o apoderado. 

g) Indicar número de resolución o resoluciones de multa que dan lugar a la solicitud de acogimiento al beneficio, código de multa, fecha de emisión y monto de la multa. 

h) Indicar monto de la cuota inicial. 

i) Indicar propuesta de fraccionamiento con mención del monto de la multa a fraccionar y número de cuotas en que solicita efectuar el pago de la multa, considerando lo expuesto en los artículos 10 y 11 del presente Reglamento. 

j) Autorización para ser notificado por medios electrónicos. 

k) Firma del representante o apoderado. 

l) Adjuntar copia simple y legible de la constancia o recibo de pago del abono de la cuota inicial del fraccionamiento. 

m) Adjuntar copia simple y legible de la resolución que aprueba el desistimiento en sede judicial de la pretensión en el proceso contencioso administrativo o cualquiera que haya interpuesto el obligado, en contra de la decisión administrativa de la Superintendencia Nacional de Migraciones que impone la multa. 

Articulo 2.- Modificar el numeral 19.4 del artículo 19 del “Reglamento que establece el beneficio de fraccionamiento del pago de las multas en materia migratoria impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones”, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 000091-2023-MIGRACIONES, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 19.- Del trámite aplicable a las solicitudes de acogimiento al beneficio (…) 19.4. Si transcurrido el plazo antes mencionado no se emite pronunciamiento alguno en relación a la solicitud de fraccionamiento, resulta de aplicación el silencio administrativo negativo”. 

Articulo 3.- Modificar el artículo 21 del “Reglamento que establece el beneficio de fraccionamiento del pago de las multas en materia migratoria impuestas por la Superintendencia Nacional de Migraciones”, aprobado con Resolución de Superintendencia N° 000091-2023-MIGRACIONES, cuyo texto queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 21.- Obligaciones del administrado Son obligaciones del administrado en el marco del procedimiento de otorgamiento del beneficio de fraccionamiento: 

a) Cumplir con pagar la cuota inicial del fraccionamiento como requisito previo para la aprobación del mismo. 

b) Otorgado el fraccionamiento, cumplir con pagar el monto de las cuotas ordinarias el último día hábil de cada mes y de acuerdo al código de pago establecido en el acto administrativo de aprobación”. 

Artículo 4.- Las modificaciones contenidas en los artículos 1, 2 y 3 señalados precedentemente, entran en vigencia al día siguiente de publicada la presente resolución. 

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, así como encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación, publique la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia 2023

Documentos

Vista preliminar de documento RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA-000204-2023-MIGRACIONES

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