Cooperativas agrarias tienen plazo de 60 días para registrarse en Mesa de Partes Virtual del Midagri

Nota de prensa
- Gobierno publicó hoy norma que beneficiará a 130 mil productores agrarios en marco de Segunda Reforma Agraria

21 de diciembre de 2021 - 3:45 p. m.

Las cooperativas agrarias, comunales y centrales de cooperativas agrarias tienen un plazo de 60 días para presentar su solicitud en mesa de partes del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), con motivo de la publicación del Decreto Supremo N° 023-2021-MIDAGRI, que crea el Reglamento del Registro Nacional de Cooperativas Agrarias del ministerio.

 De esta manera se prevé la inscripción de más de 500 cooperativas agrarias (que agrupan a 130 mil socios cooperativos), cooperativas comunales y centrales de cooperativas agrarias. 

¿Qué necesitan para inscribirse?

1. Llenar el Formulario de Solicitud de Inscripción (anexo1)
2. Declaración Jurada suscrita por el/la representante legal (anexo2)
3. Nómina de socios inscritos (anexo 3)

Estos documentos lo pueden descargar ingresando al siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/midagri/normas-legales/2574563-023-2021-midagri

MIDAGRI invita a las cooperativas agrarias a presentar su solicitud de registro a través de la mesa de partes del ministerio en  cualquiera de las dos maneras:

  • Virtual : https://www.gob.pe/9247-acceder-a-la-mesa-de-partes-virtual-del-midagri
  • Fisico :  Jr. Yauyos Nº258, Cercado de Lima  - Lima

En caso tengas consultas pueden escribir al correo electronico: rnca@midagri.gob.pe

A propósito de la publicación, el ministro de Desarrollo y Riego Víctor Maita sostuvo que los productores de la Agricultura Familiar accederán directamente a los beneficios de los programas y proyectos productivos que pueda implementar el Estado. “Esta norma fortalecerá a las comunidades rurales, campesinas y nativas para darles una visión empresarial con acceso a mercados que es lo que busca la Segunda Reforma Agraria”, sostuvo.

Con dicho reglamento se implementa el artículo 26 de la Ley N° 31335, Ley de Perfeccionamiento de la Asociatividad de los Productores Agrarios en Cooperativas Agrarias, regulando y poniendo en funcionamiento el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias (RNCA) que constituye una Base de Datos Nacional Única, Centralizada y Confiable de Organizaciones de Cooperativas Agrarias que permitirá visibilizar la presencia de las organizaciones cooperativas en las distintas cadenas productivas a lo largo y ancho del país.

Las cooperativas no pagan impuesto a la renta ni IGV en operaciones económicas con sus socios y participan en compras estatales con un 10% en la calificación final.

De esta forma se facilita un instrumento eficaz de formalización, pues el productor adquirirá insumos de distinta índole a través de su cooperativa que actúa en su representación en el mercado formal, comercializará su producción de manera formal y tributará a través de su cooperativa. La formalización de un sector importante de la agricultura familiar será una realidad.

De acuerdo a la normal, la inscripción es gratuita y obligatoria para cooperativas que brindan servicios a cadenas de valor agrícolas, ganaderas o forestales, así como a sus centrales y cooperativas comunales

Las cooperativas y centrales de cooperativas agrarias, así como las cooperativas comunales constituidas hasta el 10 de agosto del 2021, tienen un plazo de 60 días calendario para solicitar su inscripción en el RNCA contados a partir de la vigencia del Reglamento.

MINISTERIO DE DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO 
 
OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL