Rebaja o Anulación de Gastos Devengados No Girados correspondientes a registros efectuados respecto de los Años Fiscales 2019 al 2022

Comunicado
COMUNICADO N° 003-2024-EF/52.01
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Oficina de Comunicaciones

4 de febrero de 2024 - 12:07 p. m.

  1. En aplicación del párrafo 7.2 del numeral 7 de la Directiva Nº 001-2019-EF/52.03 “Registro de Transacciones para la Adecuada Determinación del Saldo de Balance de las Entidades Públicas”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 042-2019-EF/52.03, durante los días 23, 24 y 27 de diciembre de 2023 se procedió a la anulación y/o rebaja automática, a través del SIAF-SP, de los Gastos Devengados de los períodos comprendidos entre el 2019 y 2022 que, de manera total o parcial, se mantuvieron pendientes de giro hasta las fechas indicadas, los mismos que serán reportados a la Contraloría General de la República. 

Las mencionadas anulaciones y/o rebajas han sido efectuadas únicamente con fines de registro; y no representan para la DGTP el otorgamiento de validez o conformidad respecto de las transacciones realizadas por las entidades comprendidas. 

2. Es exclusiva competencia y responsabilidad de las entidades evaluar el impacto de cada anulación y/o rebaja del Gasto Devengado efectuado conforme a lo señalado en el numeral 1 precedente, respecto de, entre otros aspectos que la entidad considere, lo siguiente:

  • Registro por el área pertinente en la entidad, de ser el caso, de las obligaciones que se mantengan pendientes de pago; y
  • Registro del ingreso en el Módulo Administrativo del SIAF-SP, por el importe correspondiente, en la Específica del Ingreso del Saldo de Balance, cuando se trate de Gastos Devengados con cargo a fuentes de financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios.