Resolución Directoral Ejecutiva N.° RDE Nº 003-2024-FONCODES-DE

Modificar la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 201-2023-FONCODES/DE

8 de enero de 2024

SE RESUELVE:
Artículo 1. Modificar la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 201-2023-FONCODES/DE

Modificar la parte resolutiva de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 201-2023-FONCODES/DE en los siguientes términos:
“Artículo 1.- Aprobar los criterios de focalización para los ámbitos de intervención del Programa Presupuestal 0118 “Acceso de hogares rurales con economías de subsistencia a mercados locales – Haku Wiñay” a cargo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES, en los siguientes términos:
Los ámbitos de intervención del Programa Presupuestal 0118 “Acceso de hogares rurales con economías de subsistencia a mercados locales – Haku Wiñay” se conforman de acuerdo al cumplimiento de los siguientes criterios de focalización:
a.Centros poblados rurales categorizados como Pobre Extremo (subsistencia), o Centros poblados rurales categorizados como Pobre No extremo (Intermedio 1) ubicados en distritos de los quintiles 1 y 2 del Índice de Carencias del MIDIS. Las categorías de centros poblados Pobre extremo y Pobre No extremo se definen de acuerdo con la “Nota Metodológica para la definición de la población objetivo del programa Haku Wiñay”. El Índice de Carencias se encuentra publicado en la página Web del MIDIS y la Nota Metodológica será publicada en la página Web del FONCODES.
b. Centros poblados rurales pertenecientes a pueblos indígenas de la Amazonía o Centros poblados rurales ubicados en áreas críticas de frontera de acuerdo a la Resolución Ministerial N° 393-2015-MC y Decreto Supremo N° 005-2018-RE o las normas que las actualicen.
Artículo 2.- Aprobar el listado de los centros poblados definidos sobre la base de los criterios establecidos en el artículo 1, el mismo que se detalla como Anexo de la presente resolución.
Artículo 3.- La Dirección Ejecutiva aprueba, a propuesta de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, las disposiciones complementarias referentes a criterios de priorización, las mismas que deben considerar las condiciones y características de vulnerabilidad de sus potenciales usuarios, en el marco de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 30435, que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) y su Reglamentación.
Adicionalmente, considera los recursos presupuestales asignados en el ejercicio fiscal, los ámbitos y corredores logísticos (Documento Técnico: Plan Nacional de Servicios e Infraestructura Logística de Transporte al 2032 - MTC), para intervenciones en centros poblados con población de hogares disponibles de acuerdo a los resultados del Censo de Población y Vivienda - CPV 2017 y su actualización, según corresponda.
Artículo 4.- A los centros poblados focalizados que resulten de la aplicación de los criterios de focalización señalados en el Artículo 1°, se podrán asociar otros centros poblados aledaños o colindantes, para ello, la Dirección Ejecutiva aprueba, a propuesta de la Unidad de Gestión de Proyectos Productivos, las precisiones técnicas para determinar las condiciones que deben cumplir dichos centros poblados aledaños o colindantes.
Artículo 5.- Para la continuidad de los servicios que brinda el Programa Presupuestal 0118 “Acceso de hogares rurales con economías de subsistencia a mercados locales – Haku Wiñay”, las disposiciones aprobadas mediante la Resolución Ministerial Nº 190-2012-MIDIS y sus modificatorias son aplicables para aquellas intervenciones que a la fecha se encuentran en etapa de identificación, formulación o ejecución.
Artículo 6.- Los criterios de focalización establecidos en el Artículo 1° se revisan, evalúan y de corresponder se actualizan periódicamente, a propuesta de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del FONCODES, en el marco de las disposiciones establecidas en la Ley Nº 30435, que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) y su Reglamentación”.

Documentos

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