Recuperación de la nacionalidad peruana (Modificación Del Reglamento De La Ley Nº 26572, Ley de Nacionalidad)

Comunicado
COMUNICADO N° 14 /2023
COM 14 SOBRE RECUPERACION DE NACIONALIDAD _page-0001

8 de mayo de 2023 - 2:42 p. m.

Se informa que mediante del Decreto Supremo Nº004-2023-IN que modifica los artículos 28, 29 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 26574, Ley de Nacionalidad, los peruanos por nacimiento que hayan renunciado expresamente a su nacionalidad peruana, podrán recuperarla siempre y cuando cumplan con las condiciones y requisitos establecidos durante el trámite. Para ello, se han establecido los siguientes cambios en los artículos mencionados: 

· Se establece que el peruano por nacimiento que haya renunciado expresamente a la nacionalidad peruana tiene derecho a recuperarla. Además, se detallan las condiciones necesarias para iniciar el proceso de recuperación, que incluyen la declaración de la voluntad de recuperar la nacionalidad peruana, y la ausencia de antecedentes penales, judiciales y policiales, así como la solvencia moral (Art.28).

· Se establecen los requisitos necesarios para la recuperación de la nacionalidad peruana, que incluyen (Art-. 29):  

-       Presentar el formulario (gratuito) que se obtiene en la sede digital www.gob.pe/migraciones o en la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES.

-       Indicar el número de recibo y fecha de pago por derecho de trámite.

-       Presentar copia certificada del acta o partida de nacimiento de la persona solicitante, emitida por la autoridad peruana, con una antigüedad no mayor a

-       noventa (90) días calendario.

-       Presentar la copia simple del pasaporte vigente.

-       También puede presentar la copia simple de la cédula de identidad de extranjero o documento análogo, vigente, reconocidos como documento de identidad de conformidad con las normas o los instrumentos internacionales de los que el Perú es parte.

-       Presentar la declaración jurada indicando el estado de salud, domicilio real, de carecer de antecedentes penales, judiciales y policiales en el Perú y el extranjero.

-       Presentar la Ficha de Canje Internacional emitido por la oficina INTERPOL del país que le otorgó la nacionalidad que actualmente ostenta o en el que reside a la fecha de presentación de la solicitud, con fecha de expedición no mayor a seis (6) meses.

 

 

·           Se establece que el título por el cual se recupera la nacionalidad peruana solo es expedido por el Ministro del Interior, con la opinión favorable de la Superintendencia Nacional de Migraciones. Además, se detallan las etapas que se deben seguir durante el proceso de recuperación, que incluyen la presentación de la solicitud ante la Jefatura Zonal correspondiente de MIGRACIONES, la intervención de las Oficinas Consulares en el exterior y el Ministerio del Interior (Art.30).

El objetivo de esta norma es brindar mayores facilidades a los peruanos que por diversas circunstancias renunciaron a su nacionalidad peruana y desean recuperarla. Con esta nueva regulación, se busca fortalecer el sentido de pertenencia y la identidad de los peruanos en el mundo.

Los interesados en recuperar su nacionalidad peruana pueden encontrar el formulario en la sede digital www.gob.pe/migraciones o en la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES.

Montevideo, 08 de mayo de 2023