Defensoría del Pueblo: es necesario que el Congreso de la República mejore el marco normativo en materia de formalización de la minería

Nota de prensa
Sobre nuestras observaciones a los Decretos Legislativos emitidos en el marco de la delegación de facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por Ley n.° 31880, y en relación a la derogación de la primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo n.° 1607, que modifica la Ley n.° 30077, Ley contra el Crimen Organizado

Fotos: Defensoría del Pueblo

14 de marzo de 2024 - 4:51 p. m.

Tal como se informó oportunamente al Congreso de la República, sobre nuestras observaciones a los Decretos Legislativos emitidos en el marco de la delegación de facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por Ley n.° 31880, y en relación a la derogación de la primera disposición complementaria final del Decreto Legislativo n.° 1607, que modifica la Ley n.° 30077, Ley contra el Crimen Organizado, realizada el día de ayer en la sesión del Pleno del Congreso de la República, la Defensoría del Pueblo manifiesta lo siguiente:

Lo dispuesto por el tercer párrafo de la Primera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo antes referido, este no se encuentra dentro de la delegación de facultades legislativas que le otorgó el Congreso de la República al Poder Ejecutivo, habiendo excedido las facultades otorgadas, al legislar sobre una materia que no estaba comprendida en la norma autoritativa.

Sumado a ello, el Decreto Legislativo en mención, no deroga ni subroga otras normas de manera expresa en materia de formalización minera. Por el contrario, genera un conflicto entre normas de la misma jerarquía (Decreto Legislativo n.° 1105 y 1293 y las Leyes 31007 y 31388), asimismo, colisiona con la Política Nacional Multisectorial para la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030.

De otro lado, no debió eliminarse lo dispuesto relacionado a las facultades de la PNP a tomar acciones cuando advierta el desarrollo de actividad minera por parte de personas acogidas al Proceso de Formalización Minera Integral con inscripción suspendida en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO) que tengan en su poder artefactos o materiales explosivos sin contar con la debida autorización administrativa.

Por lo expuesto, exhortamos al Congreso de la República a evaluar las normas que conforman el marco normativo en materia de formalización de la minería, con la finalidad de armonizarlo, haciéndolo viable y así, fortalecer la lucha contra la minería ilegal que atenta contra derechos fundamentales, sobre todo, de las poblaciones más vulnerables. Asimismo, restituir lo dispuesto por el primer y segundo párrafo de la disposición derogada.

Del mismo modo, invocamos al Poder Ejecutivo a que, en el marco de sus competencias, coadyuve a la mejora de las normas vinculadas a la pequeña minería y minería artesanal.