Sentencian a 12 años de prisión a hombre que tenía en su poder más de 30 kilos de cocaína

Nota de prensa
Los hechos ocurrieron en una comunidad nativa de Padre Abad. La droga estaba en una mochila y costales. El sentenciado aceptó la responsabilidad penal.
Abel Mego Simón
Toma de apoyo

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

7 de febrero de 2024 - 3:01 p. m.

Por vender drogas, el Juzgado Penal Colegiado Transitorio de Coronel Portillo condenó a 12 años y 9 meses de pena privativa de la libertad efectiva a Abel Mego Simón, tras encontrarlo responsable del delito de promoción al consumo ilegal de drogas tóxicas mediante actos de tráfico en su forma agravada, en perjuicio del Estado. El imputado se acogió a la conclusión anticipada

Mego Simón aceptó su responsabilidad en la comisión de un delito de posesión de drogas, específicamente cocaína, esto sin la necesidad de que se presente evidencia adicional o se realice un juicio contradictorio, que es un principio fundamental en el sistema judicial que garantiza que todas las partes involucradas en un proceso legal tengan la oportunidad de presentar sus argumentos, evidencia y contradecir las afirmaciones de la otra parte.

Los hechos ocurrieron en Puerto Azul


El 19 de octubre de 2022, personal policial de la sección de Inteligencia de la División de Maniobra Contra el Tráfico Ilícito de Drogas (DIVMCTID) – Huallaga, tras tener información confidencial arribaron a la comunidad nativa Puerto Azul, ubicada en el distrito y provincia de Padre Abad.

Mientras el personal policial se desplazaba por una de las calles de la comunidad, se percataron que un hombre vestido con un bivirí y short salió corriendo sin zapatos, por la ventana de una vivienda. Tras intervenirlo metros más adelante, la Policía se acercó a la casa y a través de una abertura del inmueble, vieron dos colchones, prendas de vestir, una mochila y dos costales de polietileno de diferentes colores, de donde emanaba “un olor penetrante característico al alcaloide de cocaína”.

En presencia del intervenido las fuerzas del orden ingresaron a la vivienda y conforme el registro domiciliario encontraron en el interior de la mochila y los dos costales, bolsas plásticas de diferentes tamaños, con una sustancia pardusca en estado sólido, el cual conforme a la prueba de campo dio "positivo" para sustancia ilícita compatible alcaloide cocaína; asimismo, hallaron 3 balanzas grameras. Todas las evidencias fueron lacradas.

El intervenido, identificado como Abel Mego Simón, fue trasladado a la DIVMCTID de Tingo María. En su presencia se realizó la diligencia de deslacrado, conteo, identificación preliminar, pesaje, incautación con fines de decomiso de presunta cocaína, entre otras acciones. Respecto a las evidencias, la sustancia pardusca decomisada arrojó un peso bruto total de los 38.930 kilogramos, de los cuales 37.773 correspondía a pasta básica de cocaína, según informe pericial forense de drogas practicado por la Laboratorio de Criminalística de la Policía Nacional del Perú en Lima.

Conclusión anticipada


Por lo señalado, el Ministerio Público presentó cargos contra el detenido por el delito de tráfico ilícito de drogas. En este proceso, el imputado se acogió a la conclusión anticipada, que es un procedimiento legal en el cual el acusado reconoce su culpabilidad antes de que se lleve a cabo un juicio completo y con la fiscalía llega a un acuerdo sobre los términos de la sentencia, como la pena a pagar y la reparación civil, sin la necesidad de un juicio prolongado.

Este acuerdo fue aceptado por el Colegiado, quien además de la pena privativa de la libertad, impuso S/ 1 376 de pago equivalente a 155 días multa. Asimismo, una reparación civil de S/ 100 000, cinco años de inhabilitación, para obtener mandato, cargo, empleo, o comisión de carácter público, para ejercer por cuenta propia o por intermedio de tercero, profesión, comercio, arte o industria, vinculada a la producción, elaboración o comercialización de cualquier tipo de insumo o materia prima que puede servir para producir, traficar o comercializar cualquier droga, sustancia psicotrópica o estupefaciente. E incapacidad definitiva para ingresar al servicio docente o administrativo en instituciones de educación básica o superior, pública o privada, en el Ministerio de Educación o en sus organismos públicos descentralizados o, en general, en todo órgano dedicado a la educación, capacitación, formación, resocialización o rehabilitación.

Sanción por tráfico de drogas


El artículo 296° del Código Penal, sanciona con pena privativa de libertad no menor de 8 ni mayor de 15 años y con 180 a 375 días-multa, e inhabilitación al que promueve, favorece o facilita el consumo ilegal de drogas toxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, mediante actos de fabricación o tráfico. La pena es no menor de 15 ni mayor de 25 cuando se incurre en agravantes.

Casos judicializados


En el 2023, la Corte Superior de Justicia de Ucayali judicializó 261 casos por tráfico ilícito de drogas en el distrito judicial. Hasta el año pasado, en el Penal de Pucallpa estaban internados 241 procesados (sin sentencia) por tráfico de drogas y 263 estaban pagando condena por haber cometido el mismo delito.