Cofopri recuerda qué aspectos debes tener en cuenta para formalizar tu propiedad y acceder al Título de Propiedad

Nota de prensa
Toda ocupación informal que se haya asentado a partir del 1 de enero de 2016 en adelante no podrá ser formalizada por Cofopri.
Las posesiones informales con ocupación a partir del 1 de enero de 2016 no podrán ser formalizadas por Cofopri.
Las posesiones informales con ocupación a partir del 1 de enero de 2016 no podrán ser formalizadas por Cofopri.
Las posesiones informales con ocupación a partir del 1 de enero de 2016 no podrán ser formalizadas por Cofopri.
Las posesiones informales con ocupación a partir del 1 de enero de 2016 no podrán ser formalizadas por Cofopri.

Unidad de Imagen Institucional

27 de marzo de 2024 - 3:37 p. m.

No cumplir con el plazo de antigüedad de posesión del terreno o estar ubicado en zona de riesgo no mitigable son algunas de las limitaciones que impiden la formalización de la propiedad a miles de peruanos, mencionó Manuel Montes Boza, Director Ejecutivo de Cofopri en entrevista a un medio local en el marco de los 28 aniversario de la institución.
 
Montes Boza enfatizó que Cofopri, entidad adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, no puede formalizar pueblos ubicados en zonas de riesgo no mitigable. Esto se debe a la prioridad de proteger la integridad de los ocupantes. Sin embargo, destacó que existen zonas con riesgo mitigable donde Cofopri puede intervenir, siempre y cuando se cuente con un informe de análisis de riesgo emitido por las autoridades locales.
 
Además, el funcionario detalló que tampoco se podrán formalizar predios ubicados en zonas de riesgo no mitigable, tales como laderas muy empinadas, cauces de huaicos, quebradas con propensión a deslizamientos, fajas marginales de ríos, terrenos que han sido utilizados como rellenos sanitarios y no son aptos para vivienda, áreas arqueológicas, reservas naturales, entre otros.
 
El director ejecutivo también hizo hincapié en que es crucial que los pobladores estén informados sobre las limitaciones en la formalización de posesiones informales. "No toda posesión informal será saneada, ya que debemos cumplir con un marco legal establecido", explicó. 
 
En ese sentido, explicó que uno de los requisitos fundamentales es cumplir con la antigüedad de posesión establecida por la Ley, la cual especifica que Cofopri solo podrá intervenir en terrenos ocupados por posesiones informales constituidas con posterioridad al 31 de diciembre de 2015.En este sentido, Montes Boza señaló que las posesiones informales con ocupación a partir del 1 de enero de 2016 no podrán ser formalizadas por Cofopri.
 
En efecto, con estas medidas Cofopri busca garantizar la seguridad y el bienestar colectivo de los ciudadanos, así como promover un desarrollo urbano sostenible y tangible en todo el territorio nacional. Asimismo, ratifica su compromiso con la mejora de las condiciones de vida de la población y el desarrollo ordenado del territorio peruano.