Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 150-2023-COFOPRI/DE

4 de diciembre de 2023

Artículo 1. Dar por concluida, a partir de la publicación de la presente resolución directoral en el Portal Institucional, la encargatura del señor José Antonio Neira Reymer, como Coordinador General del Proyecto de Inversiones: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del Departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, dispuesta mediante el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº D000068-2023-COFOPRI-DE, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2. Revocar la función de Representación Legal de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura, del señor José Antonio Neira Reymer, Coordinador General del Proyecto de Inversiones: “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del Departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura, dispuesta mediante el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº D000068-2023-COFOPRI-DE.

Artículo 3. Designar, a partir del 05 de diciembre de 2023, al señor Álvaro José Velezmoro Ormeño, como Coordinador General del Proyecto de Inversiones “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, a cargo de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura.

Artículo 4. Delegar, a partir del 05 de diciembre de 2023, en el señor Álvaro José Velezmoro Ormeño, Coordinador General del Proyecto de Inversiones, “Creación del Servicio de Catastro Urbano en distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura”, la función de Representación Legal de la Unidad Ejecutora 003: Creación del Servicio de Catastro Urbano en los distritos priorizados de las provincias de Chiclayo y Lambayeque del departamento de Lambayeque; la provincia de Lima del departamento de Lima y la provincia de Piura del departamento de Piura.

Artículo 5. Las funciones que ejercerá el Coordinador General del Proyecto mencionado en el artículo precedente, son las siguientes:
a)    La representación legal de la Entidad, Unidad Ejecutora 003, en los procedimientos tramitados ante las entidades públicas y/o privadas, nacionales e internacionales y/u organismos de cooperación internacional.
b)    Ejercer la representación legal de la Unidad Ejecutora 003 ante las entidades financieras para hacer efectiva la ejecución de garantías presentadas por los contratistas/proveedores.
c)    Expedir resoluciones administrativas cuando sea necesario, así como aprobar directivas que precisen las funciones y responsabilidades de los consultores individuales que conforman la Unidad Ejecutora 003, pudiendo delegar esta facultad.
d)    Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus modificaciones.
e)    Autorizar la solicitud de inscripción de la Unidad Ejecutora 003, como Entidad Contratante en el SEACE del OSCE, y la solicitud de asignación, actualización y desactivación del Certificado SEACE.
f) Representar a la Unidad Ejecutora 003 en todos los procedimientos y/o gestiones tributarias tramitados ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT.
g) Representar a la Unidad Ejecutora 003 en todas las gestiones que pudieran corresponder ante el Banco de la Nación y cualquier otra entidad bancaria.
h) Ejercer los actos de administración de bienes inmuebles patrimoniales de la Unidad Ejecutora 003, que se requieran en el marco de la ejecución del citado Proyecto
i) Ejercer los actos de disposición de bienes muebles patrimoniales de la Unidad Ejecutora 003, que se requieran en el marco de la ejecución del citado Proyecto.

Artículo 6. Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº D000143-2023-COFOPRI-DE del 22 de noviembre de 2023.

Artículo 7. Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo; y, la Oficina de Sistemas realicen las acciones correspondientes a fin que la presente resolución sea publicada en el Portal Institucional del COFOPRI (www.gob.pe/cofopri) y en el Portal de Transparencia Estándar.

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