Municipalidad Provincial y distrital deber transferir recursos a las Municipalidades de Centro Poblado
Las municipalidades provinciales y distritales, deben transferir recursos presupuestales, propios y transferidos por el gobierno nacional de su libre disponibilidad, a las municipalidad de centro poblado de su jurisdicción para el cumplimiento de las funciones delegadas, en un monto que no puede ser inferior al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria.
Base legal
Artículo 133 de la LOM 27972, precisada por el artículo2 de la Ley 31970