Debe publicarse declaración Jurada de ingresos , bienes y rentas
El titular del pliego tiene la responsabilidad de publicar en el diario oficial El Peruano la declaración jurada de ingresos y de bienes y rentas presentada por los funcionarios y servidores públicos del estado, tales como alcaldes y regidores de municipalidades que administran recursos superiores a 2000 UITs al año, todos los que administran o manejan fondos del estado.
Base legal
Artículo 2 y 6 de la Ley 27482