Dirección General de la Familia y la Comunidad

La Dirección General de la Familia y la Comunidad depende del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, realizar el seguimiento y evaluar las políticas nacionales, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias, la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Beneficencia.

(Texto según el artículo 44 de la Sección Primera del ROF del MIMP, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2023-MIMP).

Funciones de la Dirección General de la Familia y la Comunidad

Son funciones de la Dirección General de la Familia y la Comunidad las siguientes:

  • Proponer proyectos normativos, políticas, planes estratégicos, programas y disposiciones administrativas obligatorias u orientadoras para la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, el fortalecimiento de las familias y la adecuada gestión de las Sociedades de Beneficencia;
  • Promover la igualdad de oportunidades de todos los integrantes de la familia, desde un enfoque de igualdad de género, así como el derecho de toda persona a vivir dentro de una familia;
  • Realizar el seguimiento y evaluación de la aplicación de las políticas, planes, programas y proyectos referidos a las materias de su competencia;
  • Promover estrategias que permitan contribuir a la conciliación de la vida familiar y el trabajo;
  • Conducir la Política Nacional Multisectorial para las Personas Adultas Mayores;
  • Actuar como segunda y última instancia en el procedimiento administrativo sancionador por incumplimiento de la normativa en materia de personas adultas mayores y de las normas que regulan los Juegos de Loterías y similares, con excepción de los juegos de casino, máquinas tragamonedas o juegos por internet y apuestas deportivas a distancia;
  • Prestar asesoría y asistencia técnica a las direcciones de línea para la formulación de propuestas normativas y normas internas en los temas de su competencia;
  • Supervisar las actividades de las direcciones de línea que conforman la Dirección General;
  • Coordinar y/o integrar espacios de articulación sobre temas vinculados al fortalecimiento de familias y otras materias de su competencia;
  • Promover servicios institucionales de cuidado diurno infantil en los centros de trabajo de las instituciones públicas y privadas;
  • Desarrollar y/o promover el desarrollo de capacidades de funcionarias/os y técnicas/os de los diferentes niveles de gobierno para la implementación de políticas, planes, programas y proyectos en el ámbito de su competencia;
  • Otras funciones que le sean asignadas por el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables o le correspondan de acuerdo con la normativa vigente.

(Texto según el artículo 45 de la Sección Primera del ROF del MIMP, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2023-MIMP).

Ver Observatorio Nacional de las Familias