Integridad institucional del Ministerio Público

Canales de denuncias

Para denunciar presuntos actos de corrupción y faltas a la ética, pueden utilizar los siguientes canales:

Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano

  • Permite denunciar de forma anónima o identificándose.
  • Puede utilizarse las 24 horas del día durante todo el año.
  • Puede hacer seguimiento a la denuncia.
  • Permite comunicación con el denunciante, aun si es anónima.
  • Se pueden solicitar medidas de protección.

Vía telefónica

  • Por medio de la línea (01) 625-5555 Anexo 5491
  • Atención, de lunes a viernes de 8 a. m. a 4 p. m.

Correo electrónico

En cumplimento en lo dispuesto en el numeral “5.2.1.1 De los medios para la presentación de la Denuncia”, de la Directiva de “Atención de Denuncias y otorgamiento de medidas de protección por presuntos actos de corrupción y faltas a la ética pública”, aprobada mediante Resolución de la Gerencia General N° 000292-2023-MP-FN-GG, se adjunta el Anexo N°1 “Acta de denuncia de presuntos actos de corrupción y faltas éticas”,

Medidas de protección al denunciante

Reserva de identidad

La denuncia se registrará reemplazando la identidad del denunciante por un código cifrado, y cuando lo solicite el denunciante, su identificación se mantendrá únicamente con el uso del código cifrado.

Protección laboral

Además de la reserva de identidad, la máxima autoridad administrativa de la entidad o la Oficina de Integridad Institucional, según corresponda, puede otorgar las medidas de protección laboral que resulten necesarias y adecuadas según el caso. Entre ellas figuran las siguientes:

  • Traslado temporal del denunciante o traslado temporal del denunciado a otra dependencia u área del Ministerio Público, sin afectar sus condiciones laborales o de servicio, ni el nivel del puesto.
  • Renovación de la relación contractual, convenio de prácticas pre o profesionales o de voluntariado o similar, debido a una anunciada no renovación.
  • Licencia con goce de remuneración o exoneración de la obligación de asistir al centro de labores de la persona denunciada, en tanto su presencia constituya un riesgo cierto e inminente para la determinación de los hechos materia de denuncia, y mientras dure la investigación siempre priorizando el teletrabajo en cuanto no implique riesgos.
  • Cualquier otra medida laboral que la OII considere conveniente a fin de proteger al denunciante.