Solicitar Mecenazgo Deportivo
Si eres un deportista calificado, entrenador, atleta de Olimpiadas Especiales o deportista con discapacidad, de las federaciones nacionales afiliadas al Instituto Peruano del Deporte (IPD), y quieres ser beneficiario deportivo para recibir apoyo de personas naturales o jurídicas, puedes solicitarlo en el sistema del IPD.
- Revisa el Reglamento y la Ley de Mecenazgo Deportivo (Ley N°30479).
¿Qué actividades deportivas pueden contar con financiamiento en el marco de la ley de mecenazgo deportivo?
- Infraestructura deportiva relacionada con la construcción, mejora o equipamiento de espacios destinados al deporte.
- Programas de gestión deportiva.
- Contratación y pago de subvención a deportistas y entrenadores, así como pago de primas por seguros particulares.
- Investigación en deporte y medicina deportiva.
- Subvención de viajes, viáticos y desplazamientos de delegaciones o representaciones oficiales.
¿Quiénes son calificados como beneficiarios deportivos?
Deportistas o entrenadores que integran una Federación Deportiva Nacional (FDN), atletas que integran las selecciones de olimpiadas especiales o deportistas con discapacidad; así como también, personas jurídicas sin fines de lucro de derecho privado, calificadas por la Sunat como entidad perceptora de donaciones, que recibe donaciones o aportes.
¿Quién puede ser mecena deportivo?
Una persona natural o jurídica de derecho privado que realiza donaciones en bienes, servicios o dinero para financiar las actividades relacionadas con el deporte a que se refiere la Ley N°30479, Ley de Mecenazgo Deportivo.
¿Qué puedo hacer si el sistema no me califica como beneficiario deportivo?
Deberás verificar el tipo de beneficiario seleccionado en el sistema e ir con la entidad correspondiente (Federación, ANPP, Renade, Conadis, Asociación de Olimpiadas Especiales), para realizar la regularización de la información considerando que el Sistema valida la información del solicitante registrada por cada entidad.
¿Quién puede ser patrocionador deportivo?
Una persona natural o jurídica de derecho privado que realiza aportes en bienes, servicios o dinero para financiar las actividades relacionadas con el deporte referidas en la Ley N°30479, Ley de Mecenazgo Deportivo, siempre que tengan el derecho a difundir su condición de patrocinadores, mediante publicidad o cualquier otra forma, según acuerdo entre las partes.
¿Cuáles son las prohibiciones de los benefiarios deportivos según su categoría?
Para los de primer orden:
- Tener parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o hasta el segundo grado de afinidad con los posibles mecenas o patrocinadores deportivos.
- Tener sanción vigente por delito doloso o cualquier sanción impuesta por el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte o por la organización deportiva a la cual pertenece.
Para los de segundo orden:
- Ningún miembro de su junta directiva puede tener parentesco, hasta el cuarto grado de consanguinidad, o hasta el segundo grado de afinidad con los posibles mecenas o patrocinadores deportivos.
¿Qué validaciones realiza el aplicativo para ser calificado como beneficiario deportivo?
El Sistema realiza las validaciones de acuerdo a la categoría y tipo de beneficiarios, de acuerdo a:
Beneficiario deportivo de primer orden:
- Deportista:
- Si es deportista calificado deberá estar inscrito en el Sisdena
- Si es Deportista Calificado de Alto Nivel (Decan), deberá estar inscrito en el Sisdena y en el Renade.
- Entrenador:
- Deberá estar inscrito en el Sisdena.
- Deportista con discapacidad:
- Deberá estar inscrito en el Sisdena y registrado en la Conadis.
- Atleta de Olimpiadas Especiales:
- Deberá estar registrado en la Institución Olimpiadas Especiales.
Beneficiario deportivo de segundo orden:
- Federación Nacional Deportiva (FDN):
- Deberá estar registrado en el Renade.
- Asociación Nacional Paralímpica del Perú (ANPP):
- Deberá contar con el reconocimiento del Consejo Directivo del IPD.
- Olimpiadas Especiales Perú:
- Deberá contar con el reconocimiento del Consejo Directivo del IPD.
- Otras personas jurídicas sin fines de lucro:
- Deberá ser calificado por la Sunat como entidad perceptora de donaciones.
¿Una actividad deportiva puede contar con mas de un mecenas o patrocinador?
Sí, siempre y cuando el apoyo señalado en la carta de compromiso del mecenas o patrocinador no se repita en la misma activad deportiva.
Si la solicitud presentada a través del sistema tuviese alguna observación en el proceso de evaluación, ¿cómo puedo subsanarla y cuál es el plazo para ello?
El órgano responsable realizará la evaluación de todos los requisitos y cartas de compromisos, de encontrar alguna observación te la comunicarán a través del Sistema y te darán un plazo de 2 días hábiles para subsanarlas por única vez. Si no cumples con el plazo, podrás reenviar la solicitud para una nueva evaluación.
De cumplir con la presentación de todos los requisitos, ¿en cuánto tiempo el instituto peruano del deporte (IPD), evalúa la solicitud de financimiamiento de la actividad deportiva?
En un plazo no mayor a 5 días hábiles, la entidad evalúa la solicitud y de encontrar observaciones, comunica por única vez a través del “Sistema” al solicitante dichas observaciones para su subsanación, otorgando un plazo máximo de 2 días hábiles.
¿Dónde puedo ver el seguimiento de la solicitud presentada?
En la pantalla inicial del Sistema se encuentra el listado de las solicitudes ingresadas. La opción de Seguimiento te permitirá visualizar en tiempo real el estado actual de su solicitud.
¿Cuáles son las obligaciones del beneficiario deportivo?
- El beneficiario deportivo debe subir al Sistema el documento del Comprobante de recepción de donaciones y/o aportes establecido por la Sunat, en un plazo máximo de 5 días calendarios posteriores a su emisión.
- Ingresar al Sistema un informe sobre las donaciones o aportes realizados por el mecenas o patrocinador, de acuerdo con el anexo N°03, según el cronograma establecido en los requisitos, conforme a la actividad deportiva aprobada, indicando el resultado del objetivo propuesto.
- El beneficiario deportivo está obligado a iniciar las acciones aprobadas conforme al cronograma de ejecución presentado dentro de los requisitos de la matriz de mecenazgo deportivo o de ser necesario su respectiva actualización informada oportunamente al comité, de lo contrario se debe aplicar lo indicado en los numerales 9.5.1 y 9.5.2 de la presente directiva.
¿Dónde puedo visualizar la resolución de la solicitud aprobada?
Al finalizar el proceso de la evaluación de la actividad deportiva a financiar y si está se determina como favorable, podrás visualizar la resolución en la opción de seguimiento dentro del Sistema.
Requisitos
- Carta de compromiso del mecena o patrocinador deportivo que indique el compromiso a asumir.
- Anexos 1, 2, 3, 4, y 5 de la Directiva n.° 069-2017-IPD/DINADAF, llenados y firmados.
- Aprobación, supervisión e informe de la ejecución de las Actividades Deportivas a financiar conforme a la Ley de Mecenazgo Deportivo
Si eres beneficiario deportivo de primer orden:
- Deportista:
- Si es deportista calificado debes estar inscrito en el Sisdena
- Si es Deportista Calificado de Alto Nivel (Decan), debes estar inscrito en el Sisdena y en el Renade.
- Entrenador:
- Estar inscrito en el Sisdena.
- Deportista con discapacidad:
- Estar inscrito en el Sisdena y registrado en la Conadis.
- Atleta de Olimpiadas Especiales:
- Estar registrado en la Institución Olimpiadas Especiales.
Beneficiario deportivo de segundo orden:
- Federación Nacional Deportiva (FDN):
- Estar registrado en el Renade.
- Asociación Nacional Paralímpica del Perú (ANPP):
- Contar con el reconocimiento del Consejo Directivo del IPD.
- Olimpiadas Especiales Perú:
- Contar con el reconocimiento del Consejo Directivo del IPD.
- Otras personas jurídicas sin fines de lucro:
- Debes estar calificado por la Sunat como entidad perceptora de donaciones.
También puedes revisar la Directiva de aprobación, supervisión e informe de la ejecución de las actividades deportivas a financiar.
Modalidad: Online
Antes de iniciar, debes saber:
Ingresa al Sistema y registra sus datos para ser evaluado. Una vez validado como beneficiario deportivo, registra la actividad deportiva que deseas financiar. Luego escanea y adjunta la carta de compromiso del mecena o patrocinador deportivo que indique el compromiso a asumir y los otros anexos en archivo PDF.
Las solicitudes son derivadas a los integrantes del comité de mecenazgo para la evaluación correspondiente. Si tu solicitud es aprobada, te notificarán la resolución de aprobación de la actividad deportiva a financiar.