Sustracción Internacional de menores de edad
Es aquella situación en la cual uno de los padres, sin permiso del otro progenitor, sustrae, traslada o retiene a sus hijos menores de edad de manera ilegal en el extranjero. De esta manera, despoja a los menores de su residencia habitual y vulnera el derecho de custodia, guardia, tenencia o de visita que ejercía un padre o ambos.
Retención ilícita
Se considera retención ilícita cuando el menor no ha retornado a su país de origen, a pesar de que el plazo de la autorización se ha vencido. Dicha autorización es un permiso legal por el cual el menor viaja al exterior con uno de los padres con consentimiento del otro.
El Perú es Estado Parte del Convenio de la Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, tratado multilateral que busca proteger a los niños de los efectos nocivos de la sustracción y la retención ilegal a través de fronteras internacionales proporcionando un procedimiento para lograr su pronta devolución y asegurando la protección de los derechos de visita.
El propósito fundamental del convenio es fortalecer la cooperación entre los países que lo suscriben, a fin de adoptar medidas eficaces para la pronta restitución de los niños, niñas y adolescentes sustraídos o ilícitamente retenidos a su país de residencia, visita o custodia.
A través del mencionado convenio se ha previsto un procedimiento universal que permite simplificar los procesos complejos que deben seguir los solicitantes.
En el Perú la autoridad central en materia de Sustracción Internacional de Menores es el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través de su Dirección General de Niñas Niños y Adolescentes:
Para conocer sobre las autoridades centrales competentes de cada país, puedes revisar: