RECOMENDACIONES PARA EL INICIO DE GESTIÓN: Los proyectos de inversión pública en el proceso de transferencia de la gestión municipal.
Las inversiones en las municipalidades están referidas principalmente a los Proyectos de Inversión Pública que se ejecutan de acuerdo al presupuesto municipal aprobado y/o modificado. El cambio de gestión no debe suponer un borrón y cuenta nueva, pero tampoco una continuidad sin la necesaria verificación de que se está actuando correctamente y dentro de las leyes. Por ello se propone:
1. Durante el proceso de transferencia verificar la entrega de la “Programación Multianual de Inversiones” debidamente aprobado o su equivalente.
La Comisión de Transferencia debe tener conocimiento pleno de todas las inversiones a ejecutar en el siguiente y posteriores años.
2. Realizar el estudio detallado de la programación de las inversiones para el ejercicio.
Ello tiene por objeto que se conozca de forma pormenorizada el programa de inversiones que se ejecutarán en el ejercicio considerando lo siguiente:
- Proyectos de inversión en ejecución / de continuidad con sus respectivos presupuestos.
- Proyectos de inversión programados y su relación con los acuerdos del Presupuesto Participativo.
- El presupuesto aprobado para cada proyecto
- Las modalidades de ejecución
Para el caso se debe verificar que cada proyecto se encuentre debidamente viabilizado por la OPI de la entidad y aprobado por el Titular del Pliego. Todos los proyectos en ejecución deben contar con sus respectivos expedientes técnicos igualmente aprobados por el Titular del Pliego o por un funcionario delegado para este fin.
3. Programar y organizar para el corto plazo la continuidad y ejecución de las inversiones.
Las áreas que ejecutan los proyectos deben verificar que los expedientes técnicos (aprobados o por aprobar) se hayan elaborado bajo los parámetros con que fueron declarados viables por la OPI.
4. Programar y organizar para el corto plazo la continuidad y ejecución de las inversiones.
Se trata de no detener la marcha de las inversiones programando y organizando su ejecución, en plazos inmediatos y en el orden de prioridades siguientes:
a) Los proyectos en ejecución o de continuidad tiene la primera prioridad.
b) Los proyectos programados y presupuestados para el ejercicio y que provengan de los acuerdos del presupuesto participativo tienen la segunda prioridad.
c) Los nuevos proyectos que deberán ser sometidos y aprobados en el marco del presupuesto participativo. Esta priorización es concordante con lo dispuesto por la Directiva Nº 0002-2022-EF/50.01 “Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0005-2022-EF/50.01