Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Internacional No Reembolsable (SINDCINR)

Es un sistema funcional, creado mediante la Ley N.° 28875, denominado también Sistema Nacional Descentralizado de Cooperación Técnica Internacional. Se rige por principios, normas técnicas y procedimientos definidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), que orientan la actuación del Estado en la cooperación internacional no reembolsable. Esta se refiere a la contribución por la cual el Perú recibe, transfiere o intercambia recursos humanos, bienes, servicios, capitales y tecnología de fuentes cooperantes externas, con el objetivo de complementar y contribuir a los esfuerzos nacionales en materia de desarrollo.

Composición

El SINDCINR está integrado por:

  • El Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), como ente rector.
  • La Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), que ejerce la Secretaría Ejecutiva del sistema.
  • Las entidades de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y los organismos constitucionales autónomos, a través de sus unidades orgánicas o dependencias encargadas de la cooperación técnica internacional (CTI).
  • Los gobiernos regionales y locales, mediante sus unidades orgánicas o dependencias encargadas de la CTI.
  • Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) y las entidades e instituciones extranjeras de cooperación técnica internacional (Eniex).

De acuerdo al Reglamento de la Ley N.° 28875, las funciones del MRE, como ente rector del sistema, incluyen dirigir, articular, coordinar y regular el sistema, así como supervisar y evaluar su correcta implementación para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (CTI). La APCI, como Secretaría Ejecutiva, mantiene relaciones técnico-funcionales con los integrantes del sistema y les brinda orientación y acompañamiento técnico permanentes en todas las fases de la CTI.