Delitos contra la administración pública (delitos de corrupción)
Peculado
Es cuando un funcionario se apropia o usa ilegalmente los bienes y recursos del Estado que recibe o administra. Este delito afecta el patrimonio del Estado.
Modalidades
- Peculado doloso: el funcionario se aprovecha de su cargo y usa o se apropia indebidamente de bienes públicos para él o un tercero.
- Peculado culposo: se da por negligencia de un funcionario que facilita o permite que otra persona sustraiga dinero u otros bienes del Estado.
Sanciones
- En peculado doloso: pena privativa de libertad no menor de 4 ni mayor de 8 años, inhabilitación y de 180 a 365 días multa.
- Con agravante (mayor a 10 UIT): pena privativa de la libertad no menor de 8 ni menor de 12 años, inhabilitación y entre 365 a 730 días multa.
- En Peculado culposo: pena privativa de libertad no mayor de 2 años y prestación de servicios comunitarios de 20 a 40 jornadas.
- Con agravante (lo robado tenía fines asistenciales): pena privativa de libertad no menor de 3 ni mayor de 5 años y entre 150 a 230 días multa.