Inscribir cese de adopción a pedido del adoptado

Si deseas registrar la resolución judicial que deja sin efecto tu adopción, debes solicitarlo en la municipalidad de tu localidad. Al hacerlo, recibirás la copia del acta registral con la recuperación de tu filiación consanguínea con tus padres biológicos.

La adopción solo puede ser impugnada por el propio adoptado con plena capacidad de ejercicio, dentro del año siguiente de haber alcanzado la mayoría de edad (18 años) o recuperada la capacidad, tratándose de una persona con incapacidad debido a una enfermedad o accidente.