Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso (CNLCTF)

Funciones

Según el artículo 6 del Reglamento Interno (R.M N° 061-2017-TR, de fecha 11 de abril de 2017) de la Comisión Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso (CNLCTF), las funciones de la CNLCTF son las siguientes:

  • Analizar, evaluar y proponer directrices que permitan la realización de actividades que coadyuven a la eliminación del trabajo forzoso en el país.
  • Dar seguimiento periódico a las actividades realizadas por las instituciones integrantes de la CNLCTF.
  • Identificar y priorizar intervenciones en los sectores productivos y grupos humanos afectados por el trabajo forzoso.
  • Analizar, evaluar y proponer áreas prioritarias para la ejecución de actividades que permitan la prevención y erradicación del trabajo forzoso; y brindar asistencia técnica sobre el particular.
  • Monitorear la implementación del Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso, en concordancia con la política social, la política de educación, la política económica y la política de salud del país y velar por su cumplimiento.
  • Informar a las instituciones correspondientes el resultado de los avances de la ejecución del Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso.
  • Promover y constituir redes regionales y locales de lucha contra el trabajo forzoso.
  • Aprobar el Reglamento de la CNLCTF y sus modificatorias.
  • Aprobar el informe anual correspondiente, sobre los avances y logros obtenidos en la ejecución del Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso.
  • Aprobar el cronograma anual de sesiones y reuniones de la CNLCTF.
  • Aprobar el Plan Operativo Anual.
  • Aprobar la conformación de Comisiones Descentralizadas.
  • Otras funciones que la Comisión considere pertinente, siempre que estas se enmarquen dentro de su finalidad y objetivo.