Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados (RCBF)

Para realizar actividades con bienes e insumos químicos fiscalizados, debes estar inscrito en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados (RCBF). De esta manera, evitarás ser sancionado administrativamente, o investigado por comercio clandestino o tráfico de insumos químicos.

La inscripción en el RCBF es gratuita y tiene una vigencia de 2 años, la cual puedes renovar antes de que finalice el plazo de vigencia.

Asimismo, si después de inscribirte en el RCBF necesitas agregar nuevos insumos fiscalizados, actividades fiscalizadas, establecimientos u otra información, puedes actualizar el registro.

En caso la Sunat detecte un incumplimiento de las bases legales establecidas, puede proceder con la suspensión o baja de tu inscripción.

Para saber si debes inscribirte en el RCBF, verifica si los insumos químicos, los productos, los subproductos o los derivados que utilizarás se encuentran en las listas de bienes o insumos químicos fiscalizados de los anexos del Decreto Supremo N.° 268-2019-EF y el Decreto Legislativo N.° 1103.

Registro de operaciones

Una vez inscrito en el Registro para el Control de los Bienes Fiscalizados (RCBF), debes llevar un registro diario de las operaciones que realizas con los bienes fiscalizados, por cada uno de los establecimientos que inscribiste, según las actividades que realices.

Además, como parte de las obligaciones que debes cumplir, es necesario que presentes a la Sunat la información consolidada mensual del registro diario de tus operaciones para evitar que te suspendan la inscripción.

Para mayor detalle de cómo debes registrar y presentar la información de tus operaciones, puedes revisar la Resolución de Superintendencia N.° 255-2013/SUNAT.

Atención de consultas técnico-legales y técnico-químicas

La Sunat brinda respuestas a las consultas que presentes sobre el sentido y el alcance de las normas vinculadas al registro, el control y la fiscalización de los insumos químicos o bienes fiscalizados; y sobre si un determinado bien es fiscalizado o no, en un plazo no mayor de 90 días hábiles desde que presentas tu consulta.

Si deseas conocer si un bien es fiscalizado o no, debes adjuntar la hoja técnica con la composición química de todos los componentes y el porcentaje de cada uno en la consulta, así como la hoja de datos de seguridad. Puedes solicitar estos documentos al proveedor o fabricante del insumo o producto.