Regímenes especiales del Sistema Nacional de Pensiones

Solicitar pensión de jubilación para pilotos y copilotos de aviación comercial

Si estás afiliado al régimen especial para pilotos y copilotos de aviación comercial, y cuentas como mínimo con 20 años de aportaciones (240 unidades de aporte), puedes solicitar una pensión de jubilación a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) antes de cumplir los 60 años de edad vía online.

Puedes solicitarla si cumples con las condiciones correspondientes a tu edad y unidades de aporte:

  • A los 55 años, si trabajaste durante 5 años (60 unidades de aporte) o más, de forma continua o alternativa, en compañías de aviación comercial como piloto o copiloto.
  • A los 56 años, si trabajaste durante 4 años (48 unidades de aporte) o más, de forma continua o alternativa, en compañías de aviación comercial como piloto o copiloto.
  • A los 57 años, si trabajaste durante 3 años (36 unidades de aporte) o más, de forma continua o alternativa, en compañías de aviación comercial como piloto o copiloto.
  • A los 58 años, si trabajaste durante 2 años (24 unidades de aporte) o más, de forma continua o alternativa, en compañías de aviación comercial como piloto o copiloto.
  • A los 59 años, si trabajaste durante 1 año (12 unidades de aporte) o más, de forma continua o alternativa, en compañías de aviación comercial como piloto o copiloto.

La pensión máxima es de S/ 893.00 y la mínima de S/ 500.00 , menos el descuento del 4% de EsSalud.

Requisitos

  • Formulario que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.
  • Copia simple de los documentos que acrediten la relación laboral o declaración simple que consigne el vínculo laboral. Entre los documentos que se puede adjuntar para acreditar la relación laboral se encuentran: certificados de trabajo, boletas de pago de remuneraciones, liquidación de tiempo de servicios o de beneficios sociales, constancias de aportaciones de la ORCINEA emitidas por el IPSS o EsSalud o cualquier documento público conforme al artículo 235° del Código Procesal Civil.

Modalidad: Online

Antes de iniciar, debes saber:

Ingresa tus datos en el formulario para pedir tu atención virtual. Un asesor te contactará para brindarte orientación sobre la presentación de tu solicitud a través de una llamada o correo electrónico. Si te corresponde la pensión, envía tus documentos al correo electrónico que te será indicado.

En un periodo máximo de 90 días hábiles, se te informará el resultado mediante una resolución que llegará a tu correo o domicilio. Si la respuesta tarda más tiempo, se te otorgará una pensión provisional hasta que se emita la resolución.

Ten en cuenta que todas las notificaciones serán enviadas al correo electrónico que registraste. Verifica constantemente tu bandeja de entrada o de correo no deseado.

Solicita tu atención virtual

Si tienes dudas, comunícate con ONP Te escucha llamando al (01) 634 2222 de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 5:30 p. m.