Compensación de saldos a favor contra deudas pendientes

Si tienes un saldo a tu favor porque hiciste algún pago indebido o en exceso de tributos, sanciones o intereses, puedes pedir compensar este monto para pagar el total o parte de alguna deuda tributaria que tengas pendiente.

Por ejemplo, si tenías una deuda de IGV de S/ 400.00 del periodo 04-2021, pero pagaste por error S/ 600.00 , puedes usar esos S/ 200.00 que pagaste de exceso para el pago de otra deuda pendiente en periodos posteriores.

La compensación puede ser automática, de oficio o a solicitud de parte.

Ten en cuenta que estos saldos a favor deben pertenecer a la misma entidad que quiere compensar la deuda.

Compensación automática:

Es solo para los casos establecidos por ley. Por ejemplo, si tienes un saldo a favor del impuesto a la renta anual 2020, puede compensarse con los pagos a cuenta de períodos cuya fecha de vencimiento sea posterior.

Compensación de oficio:

Es la compensación que realiza la Sunat sin necesidad de que tú la solicites, y se realiza cuando:

  • Hiciste pagos en exceso por alguna declaración que presentaste o tienes créditos a favor por periodos anteriores.
  • Hiciste pagos por declaraciones que no te correspondía presentar ni pagar nada.
  • Tienes retenciones o percepciones del IGV no aplicadas o que no pediste su devolución.

Por ejemplo, si tienes una deuda por el periodo 01-2021 por IGV y la Sunat detecta que tienes un saldo a favor por pago en exceso, puede compensar de oficio.

Compensación a solicitud de parte:

Para pedirla, debes presentar el formulario virtual N° 1648 - Solicitud de compensación desde Sunat Operaciones en Línea con tu clave SOL. El sistema generará un número de orden de tu solicitud, la cual será resuelta en un plazo máximo de 45 días hábiles.