Resolución de Comisión Organizadora N.° 008-2026-UNABAP-CO

RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA

3 de junio de 2026

ARTÍCULO PRIMERO. – APROBAR el Prospecto de Admisión Complementaria 2026 de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú – UNABAP, elaborado durante el proceso de implementación institucional y aplicable al proceso de admisión correspondiente al ejercicio académico 2026, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N.° 005-2026-MINEDU, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO SEGUNDO. – APROBAR el cuadro de vacantes para el Proceso de Admisión Complementaria 2026, conformado por cincuenta y dos (52) vacantes, distribuidas de la siguiente manera:

PROGRAMA ACADÉMICOESPECIALIDADESVACANTES POR MODALIDADVACANTES EN NÚMEROSTOTALPROGRAMA ACADÉMICO DE ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES | PINTURA | Ordinaria | 14 | 16
| | Personas con discapacidad | 01 |
| | Víctimas del proceso de violencia ocurrido en el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000 | 01 |
| ESCULTURA | Ordinaria | 06 | 08
| | Personas con discapacidad | 01 |
| | Víctimas del proceso de violencia ocurrido en el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000 | 01 |
| GRABADO | Ordinaria | 06 | 08
| | Personas con discapacidad | 01 |
| | Víctimas del proceso de violencia ocurrido en el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000 | 01 |
| CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN | Ordinaria | 06 | 08
| | Personas con discapacidad | 01 |
| | Víctimas del proceso de violencia ocurrido en el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000 | 01 |
PROGRAMA ACADÉMICO DE EDUCACIÓN | EDUCACIÓN ARTÍSTICA | Ordinaria | 10 | 12
| | Personas con discapacidad | 01 |
| | Víctimas del proceso de violencia ocurrido en el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000 | 01 |
TOTAL DE VACANTES | | | | 52

ARTÍCULO TERCERO. - PRECISAR que las dieciocho (18) vacantes correspondientes al ingreso directo mediante CEPREBA 2025-I y CEPREBA 2025-II fueron adjudicadas previamente conforme a la Resolución de Consejo Ejecutivo N.° 007-2025-ENSABAP, por lo que no forman parte de las vacantes ofertadas en el Proceso de Admisión Complementaria 2026.
ARTÍCULO CUARTO. - ENCARGAR a la Vicepresidencia Académica, Dirección Académica, Comité de Admisión Complementaria 2026 y demás órganos competentes la ejecución y cumplimiento de la presente resolución.
ARTÍCULO QUINTO. - DISPONER que la Dirección Académica y la Secretaría General adopten las acciones necesarias para la difusión del Prospecto de Admisión Complementaria 2026 en la plataforma digital del Estado gob.pe y Portal de Transparencia Estándar de la Entidad.
ARTÍCULO SEXTO. - NOTIFICAR la presente Resolución a la Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección Académica, Dirección de Investigación, Comité de Admisión Complementaria 2026 y demás órganos competentes para los fines correspondientes.

Esta norma pertenece al compendio Resolución de Comisión Organizadora UNABAP - 2026

Vista preliminar de documento R.C.O. N  008-2026-CO-UNABAP. Prosp. Vacantes[R]...[R]_

R.C.O. N 008-2026-CO-UNABAP. Prosp. Vacantes[R]...[R]_

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