Resolución de Comisión Organizadora N.° 007-2026-UNABAP-CO
Modificación y Ampliación del Calendario Académico 2026
3 de junio de 2026
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la modificación y ampliación del Calendario Académico 2026 de la Universidad
Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N°026-
2026-UNABAP/CO y modificado mediante Resolución de Comisión Organizadora N°028-2026-UNABAP/CO,
conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Vicepresidencia Académica, a la Dirección Académica y a las demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente resolución, en el marco de sus funciones. ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que la presente resolución se emite en ejercicio de las competencias conferidas a la Comisión Organizadora por la Ley N.° 30220, la Ley N.° 31997, el Decreto Supremo N.° 005-2026- MINEDU y la Resolución Viceministerial N.° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias. Asimismo, quedan sin efecto únicamente aquellas disposiciones contenidas en instrumentos institucionales de igual o menor jerarquía que resulten incompatibles con las modificaciones aprobadas mediante la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO: DISPONER la publicación de la presente resolución en la plataforma digital del Estado gob.pe y Portal de Transparencia Estándar de la Entidad. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, aprobado mediante Resolución de Comisión Organizadora N°026-
2026-UNABAP/CO y modificado mediante Resolución de Comisión Organizadora N°028-2026-UNABAP/CO,
conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la Vicepresidencia Académica, a la Dirección Académica y a las demás unidades orgánicas competentes el cumplimiento de la presente resolución, en el marco de sus funciones. ARTÍCULO TERCERO: PRECISAR que la presente resolución se emite en ejercicio de las competencias conferidas a la Comisión Organizadora por la Ley N.° 30220, la Ley N.° 31997, el Decreto Supremo N.° 005-2026- MINEDU y la Resolución Viceministerial N.° 244-2021-MINEDU y sus modificatorias. Asimismo, quedan sin efecto únicamente aquellas disposiciones contenidas en instrumentos institucionales de igual o menor jerarquía que resulten incompatibles con las modificaciones aprobadas mediante la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO: DISPONER la publicación de la presente resolución en la plataforma digital del Estado gob.pe y Portal de Transparencia Estándar de la Entidad. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
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