Resolución de Comisión Organizadora N.° 039-2026-UNABAP/CO
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA
15 de mayo de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR a partir de la fecha a la señora LUISA MILAGROS GÁLVEZ ANGULO en el cargo de Directora Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 1057 – Contratación Administrativa de Servicios, en condición de cargo de confianza, con cargo al presupuesto institucional de la ENSABAP, en su condición de unidad ejecutora 021 del Pliego Ministerio de Educación, conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente y en atención a la necesidad de garantizar la continuidad operativa, administrativa, presupuestal y financiera de dicha institución durante el proceso de adecuación institucional universitaria derivado de la Ley N.° 31997.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la señora LUISA MILAGROS GÁLVEZ ANGULO, en su calidad de Directora Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, las funciones de la Dirección General, de manera excepcional y temporal, en adición a sus funciones, a partir del 15 de mayo de 2026, a fin que efectúe las acciones necesarias para el cumplimiento de la Resolución Ministerial N.° 004-2026-MINEDU y lo dispuesto en el Oficio N.° 00562-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU de 27 de febrero de 2026.
ARTÍCULO TERCERO: DESIGNAR a partir de la fecha señora MIRIAN FIGUEROA ESPINOZA en el cargo de Subdirectora de Recursos Humanos de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 1057 – Contratación Administrativa de Servicios, en condición de cargo de confianza, con cargo al presupuesto institucional de la ENSABAP, en su condición de unidad ejecutora 021 del Pliego Ministerio de Educación, conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente y en atención a la necesidad de garantizar la continuidad operativa, administrativa, presupuestal y financiera de dicha institución durante el proceso de adecuación institucional universitaria derivado de la Ley N.° 31997.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que las contrataciones aprobadas mediante la presente resolución tienen naturaleza temporal, excepcional y transitoria, vinculadas exclusivamente al proceso de adecuación institucional universitaria derivado de la Ley N.° 31997, no generando derechos de permanencia ni constituyendo implementación definitiva de estructura organizacional;
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR al Asesor Legal de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, en su condición de Secretario de Actas de la Comisión Organizadora, la notificación de la presente resolución a las interesadas y a las dependencias competentes de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR a partir de la fecha a la señora LUISA MILAGROS GÁLVEZ ANGULO en el cargo de Directora Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 1057 – Contratación Administrativa de Servicios, en condición de cargo de confianza, con cargo al presupuesto institucional de la ENSABAP, en su condición de unidad ejecutora 021 del Pliego Ministerio de Educación, conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente y en atención a la necesidad de garantizar la continuidad operativa, administrativa, presupuestal y financiera de dicha institución durante el proceso de adecuación institucional universitaria derivado de la Ley N.° 31997.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR a la señora LUISA MILAGROS GÁLVEZ ANGULO, en su calidad de Directora Administrativa de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, las funciones de la Dirección General, de manera excepcional y temporal, en adición a sus funciones, a partir del 15 de mayo de 2026, a fin que efectúe las acciones necesarias para el cumplimiento de la Resolución Ministerial N.° 004-2026-MINEDU y lo dispuesto en el Oficio N.° 00562-2026-MINEDU/VMGP-DIGESU de 27 de febrero de 2026.
ARTÍCULO TERCERO: DESIGNAR a partir de la fecha señora MIRIAN FIGUEROA ESPINOZA en el cargo de Subdirectora de Recursos Humanos de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 1057 – Contratación Administrativa de Servicios, en condición de cargo de confianza, con cargo al presupuesto institucional de la ENSABAP, en su condición de unidad ejecutora 021 del Pliego Ministerio de Educación, conforme a la disponibilidad presupuestal correspondiente y en atención a la necesidad de garantizar la continuidad operativa, administrativa, presupuestal y financiera de dicha institución durante el proceso de adecuación institucional universitaria derivado de la Ley N.° 31997.
ARTÍCULO CUARTO: PRECISAR que las contrataciones aprobadas mediante la presente resolución tienen naturaleza temporal, excepcional y transitoria, vinculadas exclusivamente al proceso de adecuación institucional universitaria derivado de la Ley N.° 31997, no generando derechos de permanencia ni constituyendo implementación definitiva de estructura organizacional;
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR al Asesor Legal de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, en su condición de Secretario de Actas de la Comisión Organizadora, la notificación de la presente resolución a las interesadas y a las dependencias competentes de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, para los fines correspondientes.
ARTÍCULO SEXTO: DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Comisión Organizadora UNABAP - 2026
