Resolución de Presidencia N.° 017-2026-UNABAP-CO/P
RESOLUCION DE PRESIDENCIA
22 de abril de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDA la designación de la Lic. Adm. RUTH PAOLA SARA ROQUE, como usuaria suscriptora en la Plataforma Integrada de la Entidad de Registros - PIER RENIEC de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, efectuada a mediante Resolución Presidencial N° 007-2026-UNABAP-CO/P.
ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR a la CPC. Evelyn Milagros Cachuan Araujo, Directora Administrativa, como usuaria suscriptora en la Plataforma Integrada de la Entidad de Registros - PIER RENIEC de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, conforme a lo señalado en la Ley N° 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con eficacia anticipada al 20 de marzo de 2026.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y los interesados para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO PRIMERO: DAR POR CONCLUIDA la designación de la Lic. Adm. RUTH PAOLA SARA ROQUE, como usuaria suscriptora en la Plataforma Integrada de la Entidad de Registros - PIER RENIEC de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, efectuada a mediante Resolución Presidencial N° 007-2026-UNABAP-CO/P.
ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR a la CPC. Evelyn Milagros Cachuan Araujo, Directora Administrativa, como usuaria suscriptora en la Plataforma Integrada de la Entidad de Registros - PIER RENIEC de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, conforme a lo señalado en la Ley N° 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con eficacia anticipada al 20 de marzo de 2026.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y los interesados para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Presidencial - 2026
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