Resolución de Comisión Organizadora N.° 028-2026-UNABAP/CO
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA
10 de abril de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. - MODIFICAR la Resolución de Comisión Organizadora N.°026-2026-UNABAP/CO, precisando que la aprobación del Calendario Académico comprende los semestres académicos 2026-I y 2026-II de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - MODIFICAR el Calendario Académico 2026, en el extremo referido al periodo de rectificación de matrícula, estableciéndose las siguientes fechas:
ARTÍCULO PRIMERO. - MODIFICAR la Resolución de Comisión Organizadora N.°026-2026-UNABAP/CO, precisando que la aprobación del Calendario Académico comprende los semestres académicos 2026-I y 2026-II de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO. - MODIFICAR el Calendario Académico 2026, en el extremo referido al periodo de rectificación de matrícula, estableciéndose las siguientes fechas:
- Semestre 2026-I: del 27 de abril al 4 de mayo de 2026.
- Semestre 2026-II: del 10 al 14 de agosto de 2026.
ARTÍCULO TERCERO. - DEJAR SIN EFECTO el extremo del artículo cuarto de la Resolución de Comisión Organizadora N.° 025-2026-UNABAP/CO, únicamente en lo referido a la convalidación de asignaturas, restituyéndose la vigencia del artículo 49 del Reglamento de Estudios aprobado mediante Resolución Directoral N.° 036-2014-ENSABAP.
ARTÍCULO CUARTO. - INCORPORAR en el Calendario Académico 2026 el trámite de convalidación de asignaturas, estableciéndose como periodo el 27 y 28 de abril de 2026.
ARTÍCULO QUINTO. - PRECISAR que el periodo del proceso de evaluación extraordinaria correspondiente al semestre académico 2026-I se mantiene del 27 de abril al 10 de julio de 2026.
ARTÍCULO SEXTO. - INCORPORAR en el Calendario Académico 2026 las fechas de matrícula del semestre académico:
20 de agosto de 2026: VI y VIII ciclo.
ARTÍCULO SÉPTIMO. - NOTIFICAR la presente resolución a las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO OCTAVO. - ENCARGAR a la Dirección Administrativa la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO CUARTO. - INCORPORAR en el Calendario Académico 2026 el trámite de convalidación de asignaturas, estableciéndose como periodo el 27 y 28 de abril de 2026.
ARTÍCULO QUINTO. - PRECISAR que el periodo del proceso de evaluación extraordinaria correspondiente al semestre académico 2026-I se mantiene del 27 de abril al 10 de julio de 2026.
ARTÍCULO SEXTO. - INCORPORAR en el Calendario Académico 2026 las fechas de matrícula del semestre académico:
20 de agosto de 2026: VI y VIII ciclo.
ARTÍCULO SÉPTIMO. - NOTIFICAR la presente resolución a las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
ARTÍCULO OCTAVO. - ENCARGAR a la Dirección Administrativa la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Comisión Organizadora UNABAP - 2026
