Resolución de Presidencia N.° 012-2026-UNABAP-CO/P
RESOLUCION PRESIDENCIAL
27 de marzo de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Plan de Desarrollo de las Personas – PDP para el año 2026 de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas artes del Perú, ahora Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que en anexo forma parte integrante de la Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Subdirección de Recursos Humanos ejecute las acciones de capacitación previstas en el Plan de Desarrollo de Personas – PDP para el año 2026, asi como el segumiento y evaluación de las mismas para el debido cumplimiento de los objetivos.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Unidad de Recursos Humanos la remisión de la presente resolución y su anexo a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR para conocimiento y fines pertinentes, en el plazo establecido por la normativa vigente.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y los interesados para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Universidad Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú y de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Plan de Desarrollo de las Personas – PDP para el año 2026 de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas artes del Perú, ahora Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que en anexo forma parte integrante de la Resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la Subdirección de Recursos Humanos ejecute las acciones de capacitación previstas en el Plan de Desarrollo de Personas – PDP para el año 2026, asi como el segumiento y evaluación de las mismas para el debido cumplimiento de los objetivos.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR, a la Unidad de Recursos Humanos la remisión de la presente resolución y su anexo a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR para conocimiento y fines pertinentes, en el plazo establecido por la normativa vigente.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y los interesados para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO QUINTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Universidad Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú y de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
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