Resolución de Comisión Organizadora N.° 026-2026-UNABAP/CO
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA
1 de abril de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Calendario Académico correspondiente al semestre 2026-I de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el semestre académico 2026-I se inicie el 27 de abril de 2026 y se desarrolla conforme a lo establecido en el Calendario Académico aprobado, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento de Estudios vigente.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Dirección Académica la implementación, seguimiento y cumplimiento del Calendario Académico del semestre 2026-I, así como la adopción de las acciones necesarias para su adecuada ejecución.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER la difusión de la presente resolución y su anexo a través de los canales institucionales correspondientes, para conocimiento de la comunidad académica y administrativa.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO SEXTO: ENCARGAR a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR el Calendario Académico correspondiente al semestre 2026-I de la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que el semestre académico 2026-I se inicie el 27 de abril de 2026 y se desarrolla conforme a lo establecido en el Calendario Académico aprobado, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento de Estudios vigente.
ARTÍCULO TERCERO: ENCARGAR a la Dirección Académica la implementación, seguimiento y cumplimiento del Calendario Académico del semestre 2026-I, así como la adopción de las acciones necesarias para su adecuada ejecución.
ARTÍCULO CUARTO: DISPONER la difusión de la presente resolución y su anexo a través de los canales institucionales correspondientes, para conocimiento de la comunidad académica y administrativa.
ARTÍCULO QUINTO: NOTIFICAR a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO SEXTO: ENCARGAR a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Comisión Organizadora UNABAP - 2026
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