Resolución de Presidencia N.° 010-2026-UNABAP-CO/P
RESOLUCION DE PRESIDENCIA
27 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO, el Comité de Planificación de la Capacitación de la Comité de Planificación de la Capacitación de la Escuela Nacional Superior de Bellas Artes del Perú que fue constituido para el periodo 2024 -2027, mediante la Resolución Directoral N° 031-2024-ENSABAP de fecha 03 de junio de 2024 y reconformada con la Resolución Directoral N° 009-2025-ENSABAP de fecha 14 de febrero de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO: AGRADECER, el desempeño ejercido a los integrantes del Comité de Planificación de la Capacitación de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, por las funciones ejercidas durante su permanencia en dichos cargos, donde demostraron compromiso e identificación en bien de la institución.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú y a los interesados para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO PRIMERO: DEJAR SIN EFECTO, el Comité de Planificación de la Capacitación de la Comité de Planificación de la Capacitación de la Escuela Nacional Superior de Bellas Artes del Perú que fue constituido para el periodo 2024 -2027, mediante la Resolución Directoral N° 031-2024-ENSABAP de fecha 03 de junio de 2024 y reconformada con la Resolución Directoral N° 009-2025-ENSABAP de fecha 14 de febrero de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO: AGRADECER, el desempeño ejercido a los integrantes del Comité de Planificación de la Capacitación de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, por las funciones ejercidas durante su permanencia en dichos cargos, donde demostraron compromiso e identificación en bien de la institución.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional de Autónoma de Bellas Artes del Perú y a los interesados para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Esta norma pertenece al compendio Resolución Presidencial - 2026
![Vista preliminar de documento R.P N 010-2026-CO-UNABAP-P[R][R] (1)](https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/9523929/preview_7796205-r-p-n-010-2026-co-unabap-p-r-r-1.jpg?v=1772213506)