Resolución de Comisión Organizadora N.° 018-2026-UNABAP/CO
RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA
24 de febrero de 2026
SE RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER, que los/las Directores/as, Jefes/as de la Direcciones, Oficinas y demás Unidades de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, puedan realizar las acciones administrativas que correspondan para que se pueda asegurar la transferencia presupuestal de la Unidad Ejecutora 021: Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú a la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú - UNABAP, de conformidad a lo establecido en el numeral 85.1 del artículo 85 de la Ley 32513, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2026 y a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa y a la Dirección de Planificación, para que adopten de acuerdo a sus competencias las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
ARTÍCULO PRIMERO: DISPONER, que los/las Directores/as, Jefes/as de la Direcciones, Oficinas y demás Unidades de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, puedan realizar las acciones administrativas que correspondan para que se pueda asegurar la transferencia presupuestal de la Unidad Ejecutora 021: Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú a la Universidad Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú - UNABAP, de conformidad a lo establecido en el numeral 85.1 del artículo 85 de la Ley 32513, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2026 y a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa y a la Dirección de Planificación, para que adopten de acuerdo a sus competencias las acciones correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.
ARTÍCULO CUARTO: ENCARGAR, a la Dirección Administrativa, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Esta norma pertenece al compendio Resolución de Comisión Organizadora UNABAP - 2026
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