Resolución Administrativa N.° 106-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-UEGPS-DA
11 de setiembre de 2026
Artículo 1.- APROBAR la afectación en uso de un (01) bien mueble patrimonial de propiedad de la Unidad Ejecutora 001631 “Gestión de Proyectos Sectoriales”, detallados en el Anexo N° 01, el cual forma parte integrante de la presente resolución, a favor del Gobierno Regional de Loreto para el uso de su Dirección Regional de Desarrollo Agrario y Riego, por el plazo de un (1) año, para ser destinados únicamente al cumplimiento de los fines del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT3”.
Artículo 2.- DISPONER a la Dirección Regional de Desarrollo Agrario y Riego del Gobierno Regional de Loreto, en calidad de Entidad afectataria, conserve diligentemente los bienes muebles patrimoniales entregados, debiendo asumir los gastos, tales como custodia, conservación y otros que la norma establezca, hasta la culminación del plazo de la afectación.
Artículo 3.- DISPONER a la Jefatura de Logística, registre la presente Resolución en el Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, en un plazo de diez (10) días hábiles de culminado el procedimiento.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, en calidad de ente rector de los bienes muebles estatales, a la Dirección Regional de Desarrollo Agrario y Riego del Gobierno Regional de Loreto, así como a las Jefaturas de Logística, Contabilidad y a la Coordinación General del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa” - PTRT3, para los fines pertinentes.
Artículo 2.- DISPONER a la Dirección Regional de Desarrollo Agrario y Riego del Gobierno Regional de Loreto, en calidad de Entidad afectataria, conserve diligentemente los bienes muebles patrimoniales entregados, debiendo asumir los gastos, tales como custodia, conservación y otros que la norma establezca, hasta la culminación del plazo de la afectación.
Artículo 3.- DISPONER a la Jefatura de Logística, registre la presente Resolución en el Módulo de Patrimonio del SIGA MEF, en un plazo de diez (10) días hábiles de culminado el procedimiento.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, en calidad de ente rector de los bienes muebles estatales, a la Dirección Regional de Desarrollo Agrario y Riego del Gobierno Regional de Loreto, así como a las Jefaturas de Logística, Contabilidad y a la Coordinación General del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa” - PTRT3, para los fines pertinentes.
