Resolución Directoral N.° D000003-2026-MIDAGRI-DVDAFIR-UEGPS-DE
25 de mayo de 2026
ARTÍCULO 1.- APROBAR el Procedimiento de Selección No Competitivo N° 02-2026-UEGPS-1, para la “Contratación del Servicio de alquiler de un (01) inmueble para el funcionamiento de oficinas de los profesionales que conforman los Grupos de Trabajo Supervisados – GTS, en el marco de la ejecución del Proyecto “Catastro, Titulación y Registro de Tierras Rurales en el Perú, Tercera Etapa - PTRT3”, bajo el supuesto contemplado en el literal h) del numeral 55.1 del artículo 55° de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, en concordancia con el literal h) del artículo 100° de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF y de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Jefatura de Logística, en su calidad de Dependencia Encargada de las Contrataciones, para que realice dicha contratación mediante las acciones administrativas inmediatas, por un valor ascendente a la suma de S/ 51,750.00 soles (cincuenta y un mil setecientos cincuenta con 00/100 soles), conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario N° 000478, de fecha 22 de abril de 2026.
ARTÍCULO 3.- PRECISAR que la contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por la presente Resolución se regulará por las disposiciones de la Ley General de Contrataciones Públicas - Ley Nº 32069 y su Reglamento.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que la presente autorización se emite como acto administrativo en el marco de la Ley N° 27444 y se deberá ejecutar conforme a los principios de legalidad y debido procedimiento. La autorización no convalida ni legitima actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico ni otorga facultades discrecionales distintas a las previstas; toda actuación derivada deberá respetar los requisitos de validez del acto administrativo, la Jefatura de Logística tiene la obligación de informar a la Dirección de Administración las acciones realizadas la cual supervisará y verificará el cumplimiento del marco normativo vigente.
ARTÍCULO 5.- ENCARGAR a la Jefatura de Logística que efectúe la publicación y remisión de la presente Resolución y los informes que la sustentan, misma que debe ser publicada en el SEACE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, de conformidad con el numeral 102.4 del artículo 102° del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF.
ARTÍCULO 2.- Autorizar a la Jefatura de Logística, en su calidad de Dependencia Encargada de las Contrataciones, para que realice dicha contratación mediante las acciones administrativas inmediatas, por un valor ascendente a la suma de S/ 51,750.00 soles (cincuenta y un mil setecientos cincuenta con 00/100 soles), conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario N° 000478, de fecha 22 de abril de 2026.
ARTÍCULO 3.- PRECISAR que la contratación que se efectúe en virtud de la autorización otorgada por la presente Resolución se regulará por las disposiciones de la Ley General de Contrataciones Públicas - Ley Nº 32069 y su Reglamento.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que la presente autorización se emite como acto administrativo en el marco de la Ley N° 27444 y se deberá ejecutar conforme a los principios de legalidad y debido procedimiento. La autorización no convalida ni legitima actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico ni otorga facultades discrecionales distintas a las previstas; toda actuación derivada deberá respetar los requisitos de validez del acto administrativo, la Jefatura de Logística tiene la obligación de informar a la Dirección de Administración las acciones realizadas la cual supervisará y verificará el cumplimiento del marco normativo vigente.
ARTÍCULO 5.- ENCARGAR a la Jefatura de Logística que efectúe la publicación y remisión de la presente Resolución y los informes que la sustentan, misma que debe ser publicada en el SEACE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, de conformidad con el numeral 102.4 del artículo 102° del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2025-EF.
