Sutran: Estos son los vehículos que deben pasar por su primera inspección técnica en junio
Nota de prensa• El plazo es obligatorio para las unidades vehiculares cuya placa termina en el número cuatro (4).


1 de junio de 2026 - 9:30 a. m.
La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), entidad adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), recuerda a los administrados el plazo obligatorio para obtener el Certificado de Inspección Técnica Vehicular (Certificado ITV).
Como se sabe, la primera inspección técnica de un vehículo se realiza de acuerdo con la categoría y antigüedad del mismo, según el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares. En el caso de las unidades que prestan algún tipo de servicio (taxi, transporte turístico, transporte público, o transporte de materiales y residuos peligrosos), la primera revisión se realiza a partir del tercer año de la fecha de fabricación del vehículo; posteriormente. debe realizarse con una frecuencia de seis (6) meses.
El cronograma anual vigente dispone esta obligatoriedad de acuerdo con el último dígito de la placa de circulación. La programación continúa de la siguiente manera:
Los vehículos cuya placa de rodaje termina en el número cuatro (4) y que pasarán por este procedimiento por primera vez, deberán hacerlo durante el mes de junio.
Durante los meses de julio y agosto, les corresponde a las unidades cuya placa termina en el número cinco (5). En septiembre, los que finalizan en el número seis (6). Para octubre, los que terminan en siete (7). En caso el último dígito sea el número ocho (8), este proceso deberá efectuarse en el mes de noviembre. Finalmente, para los que terminan en el número nueve (9), les corresponde el mes de diciembre.
La obtención de este certificado es un requisito indispensable para que el vehículo pueda circular por las vías públicas terrestres en todo el país, ya que este certificado garantiza las óptimas condiciones técnicas de la unidad vehicular. Para ello, los transportistas deben acudir a Centros de Inspección Técnica Vehicular (CITV) autorizados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
En caso no cuente con el Certificado ITV vigente, los prestadores de servicio de transporte se hacen pasible de una multa equivalente al 50% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). La sanción también comprende el internamiento del vehículo.
En ese sentido, la Sutran exhorta a los usuarios a pasar por este procedimiento para fortalecer la seguridad vial y promover un transporte más seguro para todos.
Dato
Accede a la lista completa de CITVs autorizados en el siguiente enlace: https://www.gob.pe/12138-consultar-cuales-son-los-centros-de-inspeccion-tecnica-vehicular-citv.
Lima, 1 de junio de 2026

