Embargos de Retención ante Terceros usando Información de CPE

Artículo

22 de diciembre de 2022

El procedimiento de cobranza coactiva permite a la SUNAT efectuar acciones de cobranza para exigir el cumplimiento del pago de las deudas tributarias. En el ejercicio de su facultad coercitiva, también puede realizar embargos en forma retención ante terceros sobre dinero, valores, fondos en cuentas corrientes, depósitos, custodia, derechos de crédito y otros, de acuerdo con lo establecido en el Código Tributario y su reglamento. 

El Ejecutor Coactivo emite una Resolución de Cobranza que contiene una orden de embargo por la cual exige a los clientes del deudor que retengan el monto que tengan por pagar. Así, si una empresa tiene pagos pendientes con un deudor y tiene embargo de retención, en lugar de pagar al deudor, deberá entregar esa suma a la SUNAT para saldar o amortizar su deuda tributaria.

Para el uso de terceros retenedores Sunat pone a disposición en el ambiente SOL nuevas opciones en el Sistema de Embargos Electrónicos “CPE para Cobranza” que le permita conocer lo siguiente:

  • La notificación de la Resolución de Cobranza de embargo.
  • La entrega de montos o imposibilidad de retener.
  • La consulta de los montos entregados
  • La constancia de entrega y alerta enviada al Tercero Retenedor.

Recuerda que es importante que revise frecuentemente tu Buzón Electrónico e ingresen con RUC y Clave SOL.

Este documento contiene preguntas frecuentes y documentos relacionados sobre el Sistema de Embargo Electrónicos.

Documentos

Vista preliminar de documento Presentacion para Tercero Retenedor  - CPE para Cobranza.pdf

Presentacion para Tercero Retenedor - CPE para Cobranza.pdf

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1.3 MB
Vista preliminar de documento Preguntas Frecuentes - CPE para Cobranza

Preguntas Frecuentes - CPE para Cobranza

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230.2 KB
Vista preliminar de documento Infracciones  JM.pdf

Infracciones JM.pdf

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