Resolución de la Unidad Registral N.° 068-2026-SUNARP/ZRXII/UREG

26 de febrero de 2026

ABSTENERSE de dar inicio al procedimiento de cierre de partidas por duplicidad previsto en el artículo 60 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, respecto de las partidas registrales 04000093 y 04008764 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Arequipa, por configurarse el supuesto establecido en el numeral 6.1 de las Disposiciones Específicas de los Lineamientos para el Procedimiento de Cierre de Partidas por Duplicidad en el Registro de Predios -Actuaciones en caso se presente el supuesto de la tercera disposición complementaria de la Ley 27333-, aprobado mediante Resolución No 00008-2022-SUNARP/DTR.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral – Zona Registral n.º XII – SUNARP

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