Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 064-2020-SUNARP/SN

2 de junio de 2020

  • Disponer que, a partir del 08 de junio de 2020, los partes notariales conteniendo actos a inscribirse en el Registro de Mandatos y Poderes de todas las Oficinas Registrales del país, se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), en aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 1049. 
  • Disponer que, a partir del 10 de junio de 2020, los partes notariales conteniendo el acto constitutivo de Sociedades Anónimas, Sociedades Anónimas Cerradas, Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada a inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de todas las Oficinas Registrales del país, se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), en aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 1049.
  • Disponer que, a partir del 15 de junio de 2020, los partes notariales conteniendo los actos de compraventa, donación, dación en pago, anticipo de legítima y permuta de vehículo a inscribirse en el Registro de Propiedad Vehicular de todas las Oficinas Registrales del país, se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), en aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 1049.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Superintendencia Nacional

Documentos

Vista preliminar de documento Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 064-2020-SUNARP/SN

Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N.° 064-2020-SUNARP/SN

PDF
674.7 KB