Resolución de Presidencia N.° 000133-2026-SINEACE/COSUSINEACE-P
25 de agosto de 2026
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.° 073-2026-CS-CONEAU, adoptado en la Sesión Ordinaria n.° 015-2026/CS-CONEAU, del 11 de agosto de 2026, mediante el cual el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria aprobó los resultados del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias PCC-SINEACE/DEC-CONEAU-002-JUNIO-2026, correspondiente al estándar de competencia “Evaluar programas de estudios de educación superior universitaria” (EC-M70-005-V01-2025), respecto de los doce (12) profesionales que han alcanzado las competencias requeridas, conforme a la relación contenida en el Anexo n.° 1, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección de Evaluación y Certificación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, con el apoyo de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, registre la certificación otorgada a los profesionales comprendidos en el Anexo n.° 1 de la presente resolución en el Sistema de Gestión de la Información de Certificación (SIGICE).
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.° 073-2026-CS-CONEAU, adoptado en la Sesión Ordinaria n.° 015-2026/CS-CONEAU, del 11 de agosto de 2026, mediante el cual el Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria aprobó los resultados del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias PCC-SINEACE/DEC-CONEAU-002-JUNIO-2026, correspondiente al estándar de competencia “Evaluar programas de estudios de educación superior universitaria” (EC-M70-005-V01-2025), respecto de los doce (12) profesionales que han alcanzado las competencias requeridas, conforme a la relación contenida en el Anexo n.° 1, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección de Evaluación y Certificación del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, con el apoyo de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, registre la certificación otorgada a los profesionales comprendidos en el Anexo n.° 1 de la presente resolución en el Sistema de Gestión de la Información de Certificación (SIGICE).
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia

