Resolución de Presidencia N.° 000123-2026-SINEACE/COSUSINEACE-P
5 de agosto de 2026
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.° 068-2026-CS-CONEAU, adoptado en la Sesión Ordinaria n.° 014-2026/CS-CONEAU, del 30 de julio de 2026, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – Coneau, mediante el cual se aprobó la solicitud de acreditación del programa de estudios de Ingeniería Estadística e Informática de la Universidad Nacional del Altiplano, por un periodo de seis (6) años, conforme al Modelo de acreditación de programas de estudios de educación superior universitaria, aprobado mediante Resolución de Presidencia n.° 000022-2016-SINEACE/CDAH-P, y su modificatoria. La acreditación es aplicable al local SL01, ubicado en la avenida Floral nº 1153, distrito, provincia y región de Puno, en el que dicho programa de estudios se ofrece en la modalidad presencial.
Artículo 2.- Requerir a la Universidad Nacional del Altiplano que, en el marco de las acciones de seguimiento de la acreditación, remita anualmente al Sineace los reportes sobre el estado de avance de la ejecución de las acciones de mejora implementadas por el programa de estudios de Ingeniería Estadística e Informática.
Artículo 3.- Autorizar a la institución acreditada el uso del imagotipo institucional del Sineace, únicamente para fines de difusión de la acreditación otorgada y durante su período de vigencia, debiendo sujetarse estrictamente a lo dispuesto en la Directiva n.° 000011-2025-SINEACE/CS-P-GG, “Directiva sobre el uso del imagotipo del Sineace, aplicación del manual de identidad visual institucional y referencias a la acreditación de calidad educativa y certificación de competencias”, aprobada mediante Resolución de Gerencia General n.° 000042-2025-SINEACE/CS-P-GG.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional brindar la asistencia técnica correspondiente y supervisar el uso adecuado del imagotipo institucional y de los demás elementos de identidad visual autorizados, conforme a la normativa citada en el artículo 3.
Artículo 5.- Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional del Altiplano, juntamente con el Informe Técnico n.° 000052-2026-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo n.° 068-2026-CS-CONEAU, adoptado en la Sesión Ordinaria n.° 014-2026/CS-CONEAU, del 30 de julio de 2026, del Directorio del Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior Universitaria – Coneau, mediante el cual se aprobó la solicitud de acreditación del programa de estudios de Ingeniería Estadística e Informática de la Universidad Nacional del Altiplano, por un periodo de seis (6) años, conforme al Modelo de acreditación de programas de estudios de educación superior universitaria, aprobado mediante Resolución de Presidencia n.° 000022-2016-SINEACE/CDAH-P, y su modificatoria. La acreditación es aplicable al local SL01, ubicado en la avenida Floral nº 1153, distrito, provincia y región de Puno, en el que dicho programa de estudios se ofrece en la modalidad presencial.
Artículo 2.- Requerir a la Universidad Nacional del Altiplano que, en el marco de las acciones de seguimiento de la acreditación, remita anualmente al Sineace los reportes sobre el estado de avance de la ejecución de las acciones de mejora implementadas por el programa de estudios de Ingeniería Estadística e Informática.
Artículo 3.- Autorizar a la institución acreditada el uso del imagotipo institucional del Sineace, únicamente para fines de difusión de la acreditación otorgada y durante su período de vigencia, debiendo sujetarse estrictamente a lo dispuesto en la Directiva n.° 000011-2025-SINEACE/CS-P-GG, “Directiva sobre el uso del imagotipo del Sineace, aplicación del manual de identidad visual institucional y referencias a la acreditación de calidad educativa y certificación de competencias”, aprobada mediante Resolución de Gerencia General n.° 000042-2025-SINEACE/CS-P-GG.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional brindar la asistencia técnica correspondiente y supervisar el uso adecuado del imagotipo institucional y de los demás elementos de identidad visual autorizados, conforme a la normativa citada en el artículo 3.
Artículo 5.- Notificar la presente resolución a la Universidad Nacional del Altiplano, juntamente con el Informe Técnico n.° 000052-2026-SINEACE/CS-CONEAU-D-P-DEA.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia Estándar del Sineace.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia
