Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 050-2026-02.00
DISPONER, que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 58° de la Ley N° 32513
4 de marzo de 2026
ARTÍCULO 1°.- DISPONER, que, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 58°
de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se
efectúen las acciones que correspondan, para la realización de los eventos
programados por la Gerencia de Investigación y Normalización acotados
precedentemente.
ARTÍCULO 2°.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas, y a la
Oficina de Planificación y Presupuesto, de acuerdo a sus funciones y competencias,
efectúen las acciones para la realización de los eventos programados por la Gerencia
de Investigación y Normalización, referidas a los pagos que generen los gastos
relacionados a pasajes nacionales y/o internacionales, alimentación y hospedaje a los
profesionales y técnicos calificados, convocados por dicha Gerencia, para la realización
de los eventos programados para el presente año 2026.
ARTÍCULO 3°.- ENCARGAR a la Jefa de la Oficina de la Secretaría General, la
notificación de la presente resolución a los interesados y a las unidades de organización
del SENCICO.
ARTÍCULO 4°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal
web institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción - SENCICO.
de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, se
efectúen las acciones que correspondan, para la realización de los eventos
programados por la Gerencia de Investigación y Normalización acotados
precedentemente.
ARTÍCULO 2°.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas, y a la
Oficina de Planificación y Presupuesto, de acuerdo a sus funciones y competencias,
efectúen las acciones para la realización de los eventos programados por la Gerencia
de Investigación y Normalización, referidas a los pagos que generen los gastos
relacionados a pasajes nacionales y/o internacionales, alimentación y hospedaje a los
profesionales y técnicos calificados, convocados por dicha Gerencia, para la realización
de los eventos programados para el presente año 2026.
ARTÍCULO 3°.- ENCARGAR a la Jefa de la Oficina de la Secretaría General, la
notificación de la presente resolución a los interesados y a las unidades de organización
del SENCICO.
ARTÍCULO 4°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal
web institucional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la
Construcción - SENCICO.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Presidencia Ejecutiva 2026
